Frontera e Inmigración

Bienvenidos Refugiados critica las políticas migratorias “inhumanas” que se dan en Melilla

  • Ve en la valoración de Imbroda del fallo de Estrasbugo un desprecio a los Derechos Humanos

La plataforma Bienvenidos Refugiados España considera que la reacción del presidente de la Ciudad, Juan José Imbroda, ante el fallo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que condena a España por dos ‘devoluciones en caliente’, pone de manifiesto la que la gestión en materia de inmigración en Melilla se centra en “desarrollar políticas inhumanas sin importar siquiera la edad de las personas que llegan”. Considera que las palabras de Imbroda diciendo que si la Guardia Civil no puede actuar habrá que subir la valla muestran “desprecio” por los Derechos Humanos.

Bienvenidos Refugiados considera que la política fronteriza de nuestra ciudad ha servido como “laboratorio de pruebas” a la Unión Europea, que ha exportado el modelo a lugares como Hungría.

La plataforma considera que la sentencia de Estrasburgo no provoca un “efecto llamada” como afirmó el presidente de la Ciudad. “Toda persona tiene derecho a mejorar sus condiciones de vida si así lo cree oportuno, pero las organizaciones que trabajamos día a día por que se garanticen los derechos humanos y pueda realizarse un acogimiento efectivo en nuestro país estamos cansados de la hipocresía del PP”, asevera esta entidad.

Bienvenidos Refugiados asegura que confía en que la sentencia de Estrasburgo contra las dos devoluciones que se produjeron el 13 de agosto de 2014 en nuestra valla sea la primera de otras muchas.

Además, se refiere al problema que existe en nuestra ciudad con alrededor de un centenar de menores extranjeros no acompañados viviendo en la calle, además de una gran sobreocupación en el centro de acogida de la Purísima.

Hay que recordar que en el fallo del Tribunal de Derechos Humanos, por el que cada uno de los dos inmigrantes recibirá 5.000 euros de indemnización, se indica que los demandantes fueron expulsados inmediatamente, “sin que antes tuvieran acceso a intérpretes y a una asistencia jurídica que les informara de las disposiciones pertinentes del derecho de asilo o de los procedimientos contra su expulsión”. Por ello, “fueron privados de toda posibilidad de recurso”, que les hubiera permitido tener acceso a una autoridad judicial y “beneficiarse de un control atento y exhaustivo” de su demanda antes de su devolución.

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