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Inicio » Economía, Empleo y Turismo

El Congreso modifica una ley para que empresas locales consigan rebaja fiscal

por Redacción El Faro
25/09/2013 21:46 CEST
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Hasta ahora los intermediarios de la ciudad o empresarios que alquilan inmuebles no podían acogerse a  la bonificación del 50%.

La Comisión de Hacienda del Congreso de los Diputados ha aprobado una modificación en el texto del ‘proyecto de ley por el que se establecen determinadas medidas en materia de fiscalidad medioambiental y se adoptan otras medidas tributarias y financieras’.
El cambio, aprobado por la Comisión de Hacienda y publicado el martes en Boletín Oficial de las Cortes, incluye un retoque en el artículo 33 de la Ley de Sociedades que afecta exclusivamente a Melilla y Ceuta. En esencia beneficia a empresas de ambas ciudades autónomas que no podían acogerse a la bonificación del 50% aunque están radicadas en ellas.
La modificación publicada el martes afecta, sobre todo, a sociedades dedicadas al arrendamiento de edificios y a intermediarias. “El texto anterior obligaba a cerrar el ciclo comercial en Melilla y Ceuta para beneficiarse de la bonificación del 50%. Eso quiere decir que no contemplaba situaciones reales en las que las mercancías van de un centro logístico a otro, sin tocar suelo de Melilla. Y si no pasaban por Melilla, no había bonificación del 50% a la carga fiscal”, aclaró ayer a El Faro el secretario general de la Confederación de Empresarios de Melilla, Jerónimo Pérez.
El nuevo cambio, subrayó, “define mejor cómo se aplican las bonificaciones en la ciudad”.

Para atraer empresas
Hay que recordar que la modificación publicada en el Boletín Oficial de las Cortes recoge la decisión adoptada por el Consejo de Ministros el pasado 28 de junio, cuando el Ejecutivo central dio luz verde a uno de los paquetes de medidas legislativas más importantes para el desarrollo económico y fiscal de Melilla y Ceuta.
Los cambios aprobados afectan de lleno la definición completa del “ciclo mercantil”, un concepto algo abstracto, que estaba incluido en el artículo 33 de la Ley del Impuesto de Sociedades.
La explicación no es muy compleja. Las bonificaciones fiscales que se aplican a las sociedades que actúan en Melilla se condicionan al cierre de su ciclo mercantil. La normativa vigente hasta ahora provoca que se hagan interpretaciones ambiguas de este concepto. Sobre el papel, la ciudad tenía una ley positiva que decía que la parte de la cuota íntegra de las rentas obtenidas en Melilla están bonificadas en un 50%. Luego, en la práctica, llegaron los problemas cuando esta ayuda no la podían recibir determinadas empresas (intermediarios y arrendadores de edificios) porque se consideraba que no cerraban el  ciclo mercantil en la ciudad.
El ejemplo más claro es el de una supuesta empresa de software establecida en Melilla que trabaja para compañías de Málaga y que hasta ahora no podía acogerse a la bonificación del 50% porque su ciclo comercial no se cierra en la ciudad.
Con la modificación del artículo 33 de la ley “prácticamente todas las pymes pueden acceder a estas ayudas”, según avanzó Conesa en su momento. De hecho, el Gobierno local confía en que esta medida incremente la llegada de nuevas empresas a la ciudad.
La modificación de la ley se ha hecho a petición de Melilla y Ceuta, que querían despejar dudas y aportar más seguridad jurídica a futuros inversores.

¿Qué?
Modificación del artículo 33 de la Ley de Sociedades
El Boletín Oficial de las Cortes Generales recogió el martes la modificación del artículo 33 de la Ley de Sociedades, que garantiza una bonificación del 50% a la parte de la cuota íntegra que corresponda a rentas obtenidas en Melilla y Ceuta por entidades “que operan efectiva y materialmente en estos territorios”.
¿Quiénes?
Para empresas con sede física en Melilla o Ceuta
Acto seguido aclara que en este apartado entran las empresas españolas domiciliadas en ambas ciudades, las domiciliadas fiscalmente fuera de la ciudad, pero que operan en Melilla con una sucursal y las extranjeras no residentes que operan en estos territorios.
Modificación
Alquileres de inmuebles  
La modificación incluida en el texto del artículo 33 de la Ley de Sociedades aclara que podrán beneficiarse de las bonificaciones del 50% las empresas relacionadas con el arrendamiento de inmuebles situados en Melilla y Ceuta.
Requisitos
Tener un lugar fijo y empleados en Melilla  
Podrán acogerse a la bonificación las empresas que posean, “como mínimo”, un lugar fijo  de negocios en Melilla y Ceuta. También un importe por persona empleada con contrato y jornada completa de 50.000 euros a 400.000 euros.

 

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