La Delegación del Gobierno en Melilla acogió el jueves una segunda reunión de trabajo, una vez finalizado el proceso administrativo para la reubicación de los primeros menores migrantes no acompañados tras la declaración de contingencia migratoria.
Tras haberse asignado las comunidades autónomas de destino, se han abordado los primeros traslados que, en coordinación con el Gobierno de la Ciudad Autónoma, se espera que puedan efectuarse durante la próxima semana.
Desde la Delegación del Gobierno elogiaron este espacio de trabajo conjunto y destacaron que el objetivo es “avanzar en la protección de los menores para garantizar que estos niños reciban una acogida digna y humanitaria”. Para ello, adelantaron que van a seguir de cerca los procedimientos "para garantizar la protección del interés superior de estos niños”.
En las últimas semanas se han llevado a cabo múltiples reuniones de gestión, coordinación y seguimiento de los expedientes y del trabajo realizado por la Delegación del Gobierno con los diferentes actores implicados. Así, se acordó establecer un sistema de seguimiento semanal de los casos y reuniones periódicas, con el fin de reforzar la colaboración y dar respuesta eficaz a cualquier situación de contingencia migratoria que pueda producirse, todo ello vinculado al interés superior del menor.
El encuentro contó con la participación la directora del Área de Trabajo e Inmigración de la Delegación, Elena Nieto Delgado. Asimismo, estuvieron presentes responsables de la Jefatura Superior de Policía, de la Comandancia de la Guardia Civil, y de la Dirección General del Menor y la Familia de la Ciudad Autónoma.
Con este encuentro, el Gobierno de España refuerza su compromiso con la protección de la infancia migrante y con la cooperación institucional como vía para garantizar los derechos de todos los niños y niñas que llegan a Melilla en situación de especial vulnerabilidad.
Procedimiento para la reubicación
El Real Decreto Ley 2/2025, que modifica el Artículo 35 de la Ley de Extranjería, y el Real Decreto 658/2025, de 22 de julio, por el que se regulan las medidas a adoptar en situaciones de contingencia migratoria extraordinaria para la protección del interés superior de la infancia y la adolescencia migrante no acompañada, establece dos mecanismos para la reubicación de estos menores.
Por un lado, para los niños llegados tras la declaración de la contingencia migratoria, con un plazo administrativo de 15 días. Y, por otro, para los que ya se encontraban en los territorios frontera antes de declararse la contingencia migratoria, con un periodo administrativo de cuatro meses.
Los dos mecanismos para la reubicación de los menores quedan expuestos, el primero, en el artículo 5 del citado Real Decreto 658/2025, que establece el procedimiento para la reubicación y el traslado de personas menores de edad en el marco de una situación de contingencia migratoria extraordinaria; mientras el segundo mecanismo se rige por lo establecido en la Disposición adicional primera, que determina el procedimiento para la reubicación y el traslado de las personas menores de edad que se encontraban en los sistemas de protección de las comunidades autónomas antes de la declaración de la situación de contingencia migratoria extraordinaria.








