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El Juzgado de lo Penal número 2 de Melilla ha impuesto a un hombre una multa de 12 meses, a razón de un pago de tres euros diarios (lo que suma 1.080 euros), por haber quebrantado la condena que le había sido impuesta. El acusado, que responde a las iniciales A. A., debía encontrarse localizable de forma “permanente” en su domicilio durante ocho días, algo que no cumplió.
Según explicó la juez, el inculpado había sido condenado en 2012 por impago de una multa. Al no abonar la misma, se le sustituyó esa pena por la de localización permanente, lo que equivale a un arresto domiciliario.
Los días 13 y 15 de marzo acudieron a su hogar agentes de la Policía Nacional para comprobar si se encontraba allí, advirtiendo que había salido. Esa conducta supuso un quebrantamiento de la condena, por lo que ahora deberá pagar la multa de 1.080 euros que le ha sido impuesta.
Pago en 12 plazos
La juez informó al condenado que le permitirá dividir el pago en 12 plazos. De esta forma, tendrá que abonar 90 euros cada mes.
No obstante, le advirtió de que si no abona las cantidades estipuladas a su debido tiempo, deberá ingresar en prisión.
“¿Y si algún mes no tengo con qué pagar?”, preguntó el sentenciado. La titular del Penal 2 le indicó que “tiene el deber” de hacerlo.