En un principio aceptó el acuerdo al que su abogado defensor consiguió llegar con el Ministerio Fiscal, pero después dijo que recurrirá la sentencia alegando que él “no iba corriendo con el coche” y que su intención no era la de “atropellar a nadie”.
El titular del Juzgado de lo Penal 2 explicó al acusado, un joven melillense de iniciales S.B.M., que su letrado y la fiscal habían llegado a un acuerdo por el que se establecían las penas mínimas con el agravante de reincidencia. El joven dijo entender que aceptar el acuerdo suponía declararse culpable, pero insistió en mantener su deseo de recurrir el dictamen judicial.
El acuerdo de la condena consistía en seis meses de prisión y la prohibición de conducir cualquier vehículo por un periodo de dos años y seis meses por un delito contra la seguridad vial en concurso con otro de lesiones imprudentes. Por un delito contra la seguridad vial con el agravante de reincidencia, la pena fue de 18 meses y un día de multa a razón de seis euros diarios, es decir, 3.246 euros y por una falta de desorden público, una multa de 40 días a razón de seis euros diarios, es decir, 240 euros.