La delegada del Gobierno central en Melilla, Sabrina Moh, ha indicado este lunes que “no puede haber muchas citas” en el Consulado de España en Marruecos, dado que sólo hay unos diez trabajadores con el pasaporte caducado. Estas personas deberán, en Marruecos, arreglar el pasaporte y conseguir un visado especial, válido para un día, que les permita entrar en Melilla para terminar de gestionar su documentación.
Para el caso de estas diez personas, si el empleador quiere renovar la relación laboral, deberá presentar la documentación antes del próximo día 1 de septiembre para poder tramitarla como una prórroga, siempre que las condiciones permanezcan invariables. Moh ha informado de que, con el fin de agilizar la tramitación, la solicitud debe ir acompañada del modelo EX12, de la copia completa del pasaporte en vigor del trabajador, el contrato de trabajo firmado por ambas partes, el certificado de antecedentes penales del trabajador –apostillado, traducido y en vigor-, el certificado de residencia en la provincia de Nador del trabajador –expedido con una antigüedad máxima de tres meses antes de la fecha de la presentación de la solicitud-, el certificado médico que acredite que el trabajador no padece enfermedades susceptibles de tener que cumplir cuarentena según el reglamento sanitario internacional y el justificante del pago de las tasas de la autorización.
Si el empleador es una persona jurídica, deberá aportar, además, la documentación que acredite la legitimación de la persona física que ha firmado el contrato. Si, por el contrario, se trata de una persona física, deberá incluir el volante de empadronamiento y la acreditación de medios económicos.
En el supuesto de que un empleador quiera dar de alta a un nuevo empleado –que nunca haya sido transfronterizo o que trabajara para un empleador diferente-, la tramitación de la documentación se realizará como un permiso inicial. Así, aparte de la documentación anteriormente citada, para tener en cuenta la situación nacional de empleo se deberá presentar un certificado de insuficiencia expedido por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
Además, el contrato deberá ser a jornada completa y cumplir con el salario mínimo interprofesional (SMI), que deberá ser abonado mediante transferencia bancaria. Una vez resuelta favorablemente esta autorización, el empleador o la empresa le remitirá al trabajador la autorización para poder solicitar el visado que permitirá el acceso a la ciudad para terminar la tramitación de la documentación y, por tanto, la obtención de la TIE.
En este sentido, es necesario tener en cuenta varios aspectos. Uno, que el visado especial será de un solo uso y se comprobará que su utilización coincida con la cita que se le dé al extranjero para tramitar su documentación. El visado sólo permite el acceso a la ciudad para la tramitación de esa documentación y no es válido para ningún otro aspecto. Además, para la expedición de este documento, la resolución de Extranjería deberá estar en vigor.
Así, se establecerá una coordinación entre la Delegación del Gobierno, el consulado y la frontera tanto para la expedición de este visado como para el control de acceso, de manera que se asegure que el visado es empleado solamente cuando se tiene una cita en Extranjería para terminar de perfilar la documentación “y no para cualquier otra circunstancia que no está permitida”, ha dicho la delegada.
Por otro lado, respecto a la persona que quiera darse de alta porque nunca haya tenido la condición de transfronterizo, o bien si un empleador quiere contar con los servicios de un trabajador que anteriormente tenía otro empleador, en ambos casos se tramitará como un permiso inicial y, por lo tanto, además de todos los requisitos y documentación mencionados, también se va a tener en cuenta la situación nacional de empleo y, por lo tanto, el certificado de insuficiencia del SEPE será otro de los requisitos.
Todo legal
Por otra parte, los alrededor de 80 trabajadores transfronterizos con la documentación en vigor deberían abandonar la ciudad autónoma a partir de la medianoche del lunes para dirigirse a Marruecos y, a partir del martes, comenzar a entrar de nuevo para empezar a prestar los servicios para los que estén contratados. Al respecto, Moh ha recordado que, una vez que la frontera está abierta de nuevo para ellos, estos trabajadores “no están autorizados a pernoctar en la ciudad”.
Así, la delegada ha incidido en que los trabajadores transfronterizos con documentación en vigor tienen derecho a acceder a la ciudad, pero también tienen el deber de abandonarla cuando se termine su jornada laboral, y para vigilar este cumplimiento, Moh ha adelantado que se van a establecer unos controles en la frontera.
En el Faro de Ceuta la Delegación del Gobierno de Ceuta dice que el contrato debe ser mínimo de 20 Horas semanales , es decir, media jornada.
No puede ser unos requisitos en Ceuta y otros en Melilla, o sean han equivocado en Ceuta,o, en Melilla.
El resto de requisitos son los mismos en dos Ciudades Autónomas.
Que locura.
Que idiotez.
Jornada completa?
Porque?
Que ley ampara eso?
No es una locura.Es la respuesta a años de ilegalidades cometidas. Había falsos trabajadores que ellos mismos pagaban las cuotas de la SS y como es lógico lo hacían por el mínimo exigido. La intención era la de conseguir el permiso de trabajo permanente. Todo tiene su lógica.
Cuando pasen a Melilla, pediran asilo politico y ya está, pueden ir a España.
Claro,regalan el asilo y todo lo que pidan.
Que no hay leyes.....flipo
Pedro cuando pasen a Melilla ya están ESPAÑA