Como todos los años, la Secretaría de Estado de Seguridad ha establecido el Plan de Prevención, Protección y Respuesta Antiterrorista con motivo de las Fiestas de Semana Santa caracterizada por un reforzamiento de especial intensidad de las medidas operativas y de inteligencia correspondientes al Nivel 4, con el objetivo de velar por la Seguridad Ciudadana, el orden público y la prevención de cualquier tipo de actividad delictiva.
En la Semana Santa la Policía Nacional realizará en Melilla un despliegue operativo entre los días 13 de abril (Domingo de Ramos) y el 20 de abril (Domingo de Resurrección) del presente año 2025, siendo este un periodo de especial significado para los ciudadanos que se prevé comportará una importante y numerosa participación en las tradicionales procesiones religiosas de las diferentes cofradías que serán presenciadas por un gran número de público al paso por el itinerario oficial, así como en la entrada y salida de sus respectivas sedes.
Destaca, de entre los recorridos, la Carrera Oficial, común a todas las procesiones y que se desarrollará en la Avenida Juan Carlos I, donde se sitúa la tribuna de autoridades y se reúne un mayor número de ciudadanos para presenciar el paso de las cofradías.
Entre las Unidades Operativas de la Policía Nacional en Melilla que garantizarán la seguridad y el orden público para el normal desarrollo de las fiestas, se encuentran el Grupo de Atención al Ciudadano (GAC), la Unidad de Prevención y Reacción (UPR), la Unidad Aérea de la Policía (Drones), el Grupo de Técnicos en Desactivación de Explosivos-Nuclear, Radiológico, Biológico y Químico (TEDAX-NRBQ) y la Brigada Provincial de Información.
Como Unidad de reserva estará la Unidad de Intervención Policial (UIP) disponible en caso de necesidad. Entre todas estas unidades intervendrán de forma directa en el citado Plan de Seguridad más de 300 efectivos de la Policía Nacional. Todo ello se realizará en coordinación con la Policía Local de Melilla, habiéndose mantenido las reuniones de coordinación pertinentes, preceptivas en este tipo de eventos, y siempre dentro de la distribución de tareas en el ámbito de competencias que tiene cada cuerpo policial.
¿Qué es el Plan de Prevención y Protección Antiterrorista?
El Plan de Prevención, Protección y Respuesta Antiterrorista sigue la estrategia nacional e internacional basada en cuatro pilares -prevenir, proteger, perseguir, así como la preparación de la respuesta-, y establece las directrices generales que, partiendo de un esfuerzo permanente en el ámbito preventivo, permitan asegurar la detección, seguimiento, análisis y evaluación continuada del riesgo de atentado terrorista, así como la puesta en marcha y coordinación de los dispositivos preventivos en caso necesario, entendidos éstos como el conjunto de acciones llevadas a cabo con anterioridad a que se materialice un atentado terrorista con el objetivo de evitar que se produzca.
Las medidas del Plan estarán principalmente dirigidas a la protección de los siguientes objetivos:
- Instalaciones, redes, sistemas y equipos físicos y de tecnología de la información sobre las que descansa el funcionamiento de los servicios.
- Centros y organismos públicos u oficiales, así como cualesquiera otros activos, ya sean personas, bienes, servicios, tecnología de la información u otros intangibles, cuya destrucción, ataque o degradación suponga un daño importante conforme a la valoración ponderada de los siguientes criterios: daños a la vida humana, vulneración de derechos fundamentales, afectación al normal funcionamiento de las instituciones o de los sectores estratégicos, afectación al orden púbico o la convivencia, daños medioambientales, impacto público, social o simbólico, pérdidas económicas o patrimoniales y pérdidas o sustracción de información en ámbitos de especial interés para la Seguridad Nacional.
Así mismo está prevista la Respuesta junto a los mecanismos de coordinación tras la comisión de ataques terroristas, mediante la activación de la Mesa de Coordinación del Ministerio del Interior con carácter reforzado, en permanente comunicación con el Centro de Crisis Territorial en el ámbito de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, a través del Centro Permanente de Información y Coordinación (CEPIC) de la Dirección General de Coordinación y Estudios.
¿Qué es el Nivel de Alerta Antiterrorista (NAA)?
El Nivel de Alerta Antiterrorista consiste en una escala compuesta por varios niveles complementarios, cada uno de los cuales se encuentra asociado a un grado de riesgo, en función de la valoración de la amenaza terrorista que se aprecie en cada momento.
¿Cuántos niveles hay?
La clasificación prevista en el Plan de Prevención y Protección Antiterrorista cuenta con cinco niveles de activación asociados a un determinado nivel de riesgo: el Nivel 1 corresponde a riesgo bajo, el Nivel 2 a riesgo moderado, el Nivel 3 a riesgo medio, el Nivel 4 a riesgo alto y el Nivel 5 a riesgo muy alto.
¿Qué implica cada uno de los niveles?
Cada nivel lleva aparejada la inmediata puesta en marcha de un grupo de medidas específicas adaptadas a la naturaleza de la amenaza.
¿Quién decide la activación de un Nivel de Alerta Antiterrorista (NAA)?
La activación de cada NAA compete al ministro del Interior, a través de la Secretaría de Estado de Seguridad, en base a los informes de valoración de la amenaza y otras circunstancias asociadas a la misma que elabora un comité integrado por expertos en la lucha antiterrorista.
¿Cuáles son los criterios de activación de un Nivel de Alerta Antiterrorista (NAA)?
La activación de cada NAA depende de la valoración de la amenaza y otras circunstancias asociadas a la misma. Por un lado, la amenaza se valorará en función de la intención, la capacidad y la probabilidad de comisión de un atentado terrorista. Por otro, su correlación se valorará en función de la vulnerabilidad de los potenciales objetivos de ataque y su posible impacto o repercusión.