La consejera de Cultura y Festejos, Elena Fernández Treviño, ha informado ante los medios que "la creación de unas oficinas de la asociación cinematográfica Spain Film Commission en Melilla es una de las prioridades para la Consejería de Cultura en este primer trimestre de este 2023".
Tanto es así que la dirigente ha asegurado que "ya se barajan diferentes opciones para elegir a un futuro encargado que directamente se ponga a organizar las relaciones y la coordinación entre la Consejería y Film Commission". "Una vez encontrada esa persona, el siguiente paso sería ampliar el personal para que esas oficinas crezcan y la industria del cine en Melilla recupere la esencia y la importancia que se merece".
Asimismo, Treviño ha reconocido que "no es fácil encontrar a esa persona dentro de la misma Consejería de Cultura que reúna todos los requisitos que pide la asociación para ese puesto, como puede ser cierto nivel de inglés, pero aún así la elección y las negociaciones van por muy buen camino".
Uno de los aspectos que comentó la consejera sobre la viabilidad de este proyecto, son las ventajas fiscales que encontraría la empresa cinematográfica si finalmente apostase por crear oficinas en la ciudad de Melilla.
Entre las ventajas fiscales vigentes en Melilla están la bonificación del 50% del Impuesto de Sociedades, y de 60% en el IRPF. También rige un bonificación del 50% en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, elevándose el porcentaje de bonificación al 99% cuando los herederos son el cónyuge, ascendientes o descendientes.
Ello es así tanto para adquisiciones mortis causa (herencias) como para adquisiciones intervivos (donaciones). Asimismo se bonifica con un 50% las Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, y con el 75% sobre el Impuesto de Patrimonio.
Por otro lado, dentro las ventajas laborales está la bonificación del 50% en la cuota patronal a la Seguridad Social, y en materia de Tributación Indirecta no se aplica IVA, aunque en su lugar rige un impuesto local, denominado Impuesto sobre la Producción, Servicios e Importación (IPSI), con tipos entre el 0.50% y el 10%.
En todo caso, entre otros, tributan al 0,5% servicios como los de publicidad y marketing, los prestados por vía electrónica y los de gestión accesorios y complementarios para la realización de las actividades de juego que constituyan los hechos imponibles de los tributos sobre el juego y combinaciones aleatorias.
Por último, también se aplica una exención de Impuestos Especiales sobre el Alcohol, Labores del Tabaco e Hidrocarburos, a la vez que está vigente una bonificación del 50% en Impuestos Municipales.
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