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Interior dice que hubo cinco infracciones en las elecciones de 2019 en Melilla

El Ministerio de Marlaska no concreta sin embargo en qué consistieron

El Ministerio del Interior ha hecho pública una estadística según la cual se registraron cinco infracciones electorales en los dos comicios celebrados en 2019 en Melilla: generales y locales. Sin embargo, el departamento que encabeza Fernando Grande-Marlaska no especifica cuáles fueron las citadas infracciones.

En total de toda España, se registraron 65 irregularidades penales contra la legislación electoral tanto en las generales como las autonómicas y municipales de hace cuatro años.

Según la estadística facilitada a EFE por Interior, en los distintos comicios celebrados en 2019, Andalucía registró 15 delitos contra la Ley Orgánica de Régimen Electoral, la región con más infracciones por delante de Canarias, con 10, Castilla y León, con 7, y de Madrid y País Vasco, cada una de ellas con 6 delitos.

Cinco infracciones se cometieron en las distintas elecciones de 2019 en Melilla, cuyo voto por correo está siendo investigado al detectar una presunta red de compra venta para a las elecciones municipales de este domingo, al igual que en Mojácar (Almería) y en Murcia donde se han practicado también detenciones por las mismas presuntas irregularidades que en la ciudad autónoma.

Además, Interior contabilizó cuatro delitos contra la ley de régimen electoral en 2019 en Galicia y Castilla La-Mancha; tres en la Comunidad Valenciana; dos en Aragón y Asturias, y uno en Extremadura.

En el caso de los escándalos que están empañando la recta final de esta campaña electoral sobre tramas de compra venta de votos, la ley electoral establece que vender el voto no es legal ya que el voto es libre y secreto, por tanto, no puede mediar un obsequio, en cuyo caso se estaría incurriendo en un delito electoral.

El artículo 146 de dicha ley castiga con la pena de prisión de seis meses a tres años o multa de doce a veinticuatro meses a quienes, por medio de recompensa, dádivas, remuneraciones o promesas, soliciten directa o indirectamente el voto de algún elector o le induzcan a la abstención.

Tampoco está permitida la venta del voto, si bien el autor del delito es el comprador, el vendedor puede ser considerado como cómplice o cooperador necesario, más allá de que se les pueda imputar otro tipo de delitos como parte de una trama más amplia (blanqueo de capitales, organización criminal).

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