Ante la situación de incertidumbre que viven “numerosos docentes interinos en fraude de ley”, FEUSO ha hecho públicas una serie de preguntas al Ministerio de Educación, encaminadas a encauzar la aplicación de la Ley 20/2021 del 28 de diciembre de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
Descontento con varias de las acciones que se están llevando a cabo respecto a la aplicación de dicha ley, el sindicato ha cuestionado primeramente cómo es posible que a fecha de hoy no se tenga información veraz sobre qué vacantes van a ser incluidas en el proceso de estabilización (es decir, el número de las mismas por especialidad).
A continuación inquiere cómo será el modelo de acceso conforme a la aplicación de dicha ley, a partir de que “sólo tenemos especulaciones relativas a la aplicación de este Real Decreto que no termina de especificarse en el caso de Melilla y Ceuta”.
La tercera pregunta de FEUSO pretende averiguar por qué se quiere establecer como límite en la puntuación de la experiencia docente los 10 años, “a sabiendas de que hay muchas personas que llevan más de 10 y 15 años en abuso”.
Por último, indaga por qué se pone como fecha tope 2012 “para poder valorar como méritos las oposiciones aprobadas sin plaza, y no con anterioridad a ese año”.
El comunicado de FEUSO exige además la dotación del mayor número posible de plazas para estabilizar “con el fin de evitar que ningún interino se quede atrás”, y lamenta que “la administración haya forzado a la empresa privada a estabilizar a los trabajadores obligatoriamente bajo sanción, mientras que cuando ella actúa como contratadora, no lo haga cumplir de inmediato y ni siquiera admita ser sancionada”.
Todo ello, concluye la nota de prensa, atenta directamente “contra la estabilidad vital y emocional de los trabajadores de la enseñanza”.