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Nueva crítica desde Europa a España por "devoluciones en caliente" en la valla de Melilla

Nils Muiznieks, comisario de Derechos Humanos del Consejo de Europa ha criticado las devoluciones en caliente en Melilla

El comisario de Derechos Humanos del Consejo de Europa, Nils Muiznieks, critica las "devoluciones en caliente" practicadas en la valla de Melilla, en las observaciones que ha presentado ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) sobre un caso de Gran Sala.

Muiznieks intervino en los casos N.D. y N.T. contra España, que debe reexaminar la Gran Sala de 17 jueces de la Corte europea después de que la sentencia de Sala del pasado octubre diera la razón a los demandantes.

El comisario subrayó que la información de la que dispone apunta a "la existencia de una práctica establecida por la que los agentes de fronteras de España devuelven sumariamente a Marruecos a los inmigrantes que intentan entrar en Melilla saltando la valla".

Añadió que esas devoluciones "se realizan sin ningún procedimiento formal ni identificación de las personas afectadas o una evaluación de su situación individual".

Para Muiznieks, esta práctica "impide que los inmigrantes ejerzan de modo efectivo su derecho a buscar protección internacional" y recordó que las enmiendas a la Ley de Extranjería, aprobadas en marzo de 2015, dieron "apoyo jurídico" a las devoluciones.

En sus observaciones escritas, el comisario de Derechos Humanos ha destacado que los inmigrantes devueltos a Marruecos "no tienen acceso a un recurso eficaz que les permitiría impugnar su expulsión o buscar una reparación para el maltrato que puedan haber sufrido".

N.D., de Mali, y N.T., de Costa de Marfil, fueron esposados y entregados a las autoridades marroquíes tras saltar la valla de Melilla el 13 de agosto de 2014.

Según la sentencia de Sala del TEDH fueron devueltos "contra su voluntad" y "sin ninguna medida administrativa o judicial previa", por lo que supuso "una expulsión de carácter colectivo".

España fue condenada a indemnizar a cada demandante con 5.000 euros por vulnerar el Convenio Europeo de Derechos Humanos

El fallo condenó a España a indemnizar con 5.000 euros a cada demandante por vulnerar dos artículos del Convenio Europeo de Derechos Humanos: la prohibición de las expulsiones colectivas de extranjeros y el derecho a un recurso efectivo.

El Tribunal de Estrasburgo admitió en enero el recurso de España para que la Gran Sala de la Corte reexaminara la sentencia. En los próximos meses, se celebrará una vista pública previa a la sentencia de los 17 jueces, que ya será definitiva.

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