Entre los delitos contra la salud pública resueltos ayer por el Juzgado de lo Penal número 2 estuvo el cometido por Andrés P., quien fue detenido en julio del año pasado en el puerto de Melilla con 35 kilogramos de hachís ocultos en su automóvil. El autor de este delito fue condenado a tres años y un día de cárcel.
El acusado compareció ante la juez acompañado de dos agentes de la Policía Nacional, pues hasta el momento se encontraba en prisión preventiva. Sin embargo, los agentes no consideraron conveniente que Andrés P. accediese a la sala con las muñecas esposadas. El inculpado representaba una edad superior a los 60 años.
Como la mayoría de los juicios celebrados ayer en el Penal 2, el proceso a Andrés P. fue rápido, dado que mostró su conformidad con el escrito de acusación presentado ante la juez por el Ministerio Fiscal.
Aparte de la condena a tres años y un día de reclusión, Andrés P. deberá hacer frente a una multa de 68.700 euros que, según indicó la juez “es el valor de la droga incautada”.
Computación de la pena
La magistrada hizo saber al condenado que el tiempo que ha pasado en el Centro Penitenciario de Melilla, en el que ingresó tras su arresto el pasado julio, será tenido en cuenta a la hora de computar el cumplimiento de la pena. De esta manera, los meses que ha pasado a la sombra serán descontados de los tres años y un día de prisión establecidos en la sentencia.
Tras finalizar el juicio, el abogado de oficio que representó a Andrés P. en el proceso manifestó en conversación con su señoría y con la fiscal que personas como su cliente son engañadas por traficantes para intentar colar la droga en los buques que parten hacia la península.
Por ello, señaló que la mejor opción posible para esta persona era reconocer su culpabilidad con el fin de que no se le aplicase una pena mayor.