Un subinspector de la Policía Local ha sido absuelto de un delito de lesiones en el ámbito de la violencia de género. Estaba acusado de dar dos bofetones en la cara a su ex mujer en el transcurso una discusión que tuvo lugar en el Puerto Noray. La Fiscalía de Melilla solicitó que el agente fuese condenado a una pena de nueve meses de cárcel. La letrada de la acusación particular, que representaba a la querellante en esta causa, elevó su petición a un año de prisión. Sin embargo, según se recoge en la resolución dictada por la titular del Juzgado de lo Penal número 2, no ha quedado acreditado que los hechos ocurrieran tal y como fueron denunciados. “Nadie puede ser condenado si no existen pruebas irrefutables que demuestren la culpabilidad”, argumentó la titular en su fallo.
En su apartado de hechos probados, la magistrada expone que sí se había demostrado que el 17 de diciembre de 2016, a las 3:42 horas, compareció en la Jefatura Superior de la Policía Nacional de Melilla la ex mujer para interponer una denuncia. Según expuso ante los agentes, esa misma tarde, sobre las 20:25 horas, el exculpado se le había acercado cuando ella se encontraba con una amiga y, dirigiéndose a ellas, gritó: “Me tenéis hasta los cojones”. También denunció que su ex le propinó dos bofetones en la cara que le provocaron lesiones. “Hechos todos ellos que no han sido probados en el acto de la vista”, concluye la juez.
En el juicio, celebrado el 15 de febrero de este año en el Juzgado de lo Penal número 2, el entonces acusado negó los hechos que se le imputaban. El subinspector manifestó que cuando él y su novia se iban de la zona de discotecas escuchó que tres mujeres le gritaban: “Hijo de puta, ¿qué has hecho?”.
Explicó que estas eran su ex mujer, su ex cuñada y una amiga. “Entonces se pusieron a insultar a mi novia”, afirmó en el juicio. Según sostuvo, ni agredió ni insultó a su ex. Tampoco reconoció que su pareja actual hubiera tirado de él para que ambos abandonaran el lugar. El subinspector relató que hubo un momento en el que pensó que la denunciante iba a agredir a su novia, por lo que interpuso un brazo. No obstante, incidió en que no se produjo agresión alguna.
Por el contrario, la denunciante explicó en la vista que estaba tomando el aire en la zona de las escaleras que dan a la carretera, por la parte de los barcos. Fue entonces cuando escuchó a su ex gritándole que estaba “hasta los cojones” y a la novia de este llamándola “sinvergüenza” y “zorra”, siempre según su versión. La mujer aseguró ante la juez que ellos estaban en la carretera, mientras que ella y una amiga que la había acompañado se situaban en las escaleras, por lo que se encontraban a una altura superior. “Yo iba a contestarle y entonces él me dio dos veces en la cara”, aseguró. Según expuso, él le golpeó con la mano. “Me dolió, no me lo esperaba”, dijo. “La novia empezó a cogerla y a tirar de él, fue la que se lo llevó”, contó. Aseguró que tenía miedo de su ex marido.
No obstante, la magistrada no cree que haya quedado probado el delito de violencia de género. “Según la versión de ambos, acusado y perjudicada, aquel se acercó a ésta”, expone en la sentencia,“si bien, acudió acompañado de su actual pareja, lo que provocó la ira de su ex mujer y un enfrentamiento verbal entre ambas”. La juez señala que el procesado hizo “un ademán” para que la denunciante se callase, “dándole con la mano en la mandíbula inferior, zona de la boca”, según describe. “Queda claro que la intencionalidad”, concluye la titular, “no era otra que callar a la que increpaba”. En todo caso, la juez desecha “la intencionalidad lesiva” que dio lugar a esta causa.
La sentencia todavía no es firme, por lo que cabe la posibilidad de interponer un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial.
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