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El juicio se celebró el pasado jueves 14 en juzgado de lo Penal número 1: las pruebas y los testigos le exculpan
Un hombre acusado por su expareja de malos tratos ha sido absuelto por el juzgado de lo Penanl número 1 de Melilla. En el juicio, celebrado el pasado jueves 14, aseguró que era la mujer quien le había agredido, así como a sus hijos con los que vivían.
El juez recoge en la sentencia que la acusación contra este hombre se basa “exclusivamente” en la declaración de la denunciante, ya que todas las pruebas lo exculpan.
De hecho, indica que la mujer interpuso la denuncia contra este hombre después de él también presentara una acusación contra ella por maltrato a los hijos menores. “Esto hace dudar de las verdaderas finalidades de la denuncia de ella”, añade asegurando que ambos mantienen una “mala relación” y que se han cruzado varias denuncias entre ellos.
Los hechos
Estas dos personas se casaron en 2011, aunque mantenían una relación desde 2009. Tienen un hijo en común y exponen que su relación de convivencia cesó en enero de 2015.
La mujer denunció que su marido le agredió tres semanas antes de dejar de vivir juntos, a finales de diciembre de 2014. Explicó que ese día llegó tarde de una fiesta y ella le recriminó esa actitud. Según ella, su marido comenzó a pegarla en la boca, cabeza y brazos. Incluso argumentó que desde el 2013 sufría malos tratos.También argumentó en el juicio que no quiso denunciar en ese momento a su marido, aunque acudió la Policía a su domicilio, porque tenía miedo. Apuntó que la había amenazado con quitarle a los niños, ya que la pareja, aunque sólo tienen un hijo en común, vivía con otros menores en la casa, fruto de otras relaciones.
El hombre aseveró en el juicio, según la sentencia, que fue ella quien le agredió ese día, así como a sus hijos y que nunca la había amenazado. Es más, indicó que desconocía cómo se había causado las lesiones y apuntó que quizás fuera consecuencia de una detención que sufrió esta mujer en el aeropuerto de Melilla el 20 de enero.
El día de la agresión se presentaron en el domicilio agentes de la Policía Nacional. En el juicio, uno de ellos comentó que les requirieron por una discusión acalorada en un domicilio. Cuando llegaron a la casa, la mujer les dijo que no había sido agredida y que se había enfadado con el acusado por llegar tarde de una fiesta.
El policía afirmó que la vivienda estaba ordenada y que la mujer no tenía signos visibles de lesiones, por lo que no vieron ningún signo de violencia de género.
Otro de los agentes explicó lo mismo y añadió que dudaba de que el hombre pudiera lesionar a la mujer porque tiene una movilidad reducida. Aseveró que ella les dijo que había sido una discusión. Además, el policía subrayó que, con independencia de lo que la mujer diga, en este tipo de casos si ven que ha pasado algo se llevan detenido al hombre.
Un matrimonio amigo de esta pareja también testificó que nunca habían visto a este hombre agredir a su esposa, pero sí al revés.
Maltrato a los hijos
Entre los expertos que declararon el juicio está un psicólogo que indicó que había detectado signos de maltrato de la madre hacia el hijo y no con respecto al padre. De este último, argumentó que siempre había mantenido una actitud correcta y colaborativa.
También se contó con la intervención de un informe psiquiátrico en el que se describe que es la madre quien maltrata al hombre y a los hijos. Subrayó que las declaraciones de estos son creíbles y que en el acusado no se ve ningún signo propio de los maltratadores.
Informe de Urgencias
Asimismo, en este juicio se incluyó el informe del médico de Urgencias que revisó la lesiones que supuestamente habría realizado el acusado a la mujer a finales de diciembre de 2014. En este documento se especifica que los traumatismos son compatibles con violencia de género, pero también con otros episodios, como caídas o golpes por cualquier causa. Es más apuntó que esas heridas se produjeron en diferentes momentos temporales, pero que la mujer dijo que había sido una única agresión.
El juez apunta en esta sentencia que es “evidente” la mala relación entre ambas partes. Es más, describe que el informe de Urgencias se hace 24 días después de la supuesta agresión por lo que no hay forma de garantizar que haya una relación de causalidad entre la supuesta agresión y las lesiones.
Asimismo, en ese documento se indica que los traumatismos son de diferentes días y no cuadra con la versión de que hubo una única agresión por parte del acusado. De hecho, la mujer aseveró en varias ocasiones que le pegó en la boca y no hay ninguna lesión que lo corrobore en dicho informe.
La sentencia apunta a que “la falta verosimilitud” de esta acusación también está basada en las declaraciones de los tres policías, que no percibieron signos de violencia de género. Tampoco el juez cree que sea verdad que la mujer pidiera a los agentes que no se llevaran a su marido, a pesar de que la había agredido, pues la Policía lo hubiera hecho.