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La Ciudad, condenada en el primer juicio individual sobre los planes de empleo

El Juzgado de lo Social de Melilla da la razón a un trabajador al que considera discriminado y le reconoce vulneración de derecho a la igualdad

Por MAJ
14/11/2025 09:26 CET
Melilla
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La Justicia ha dado un primer paso en el conflicto por los planes de empleo de la Ciudad Autónoma de Melilla. El Juzgado de lo Social número 1 ha dictado la primera sentencia individual que reconoce la existencia de discriminación salarial y condena a la CAM a indemnizar con 3.000 euros a un trabajador afectado por ese trato desigual.

En su fallo, el juzgado considera que se ha vulnerado el derecho fundamental a la igualdad y no discriminación, amparado en el artículo 14 de la Constitución Española. Se trata del primer juicio de carácter individual que se celebra tras la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) con sede Málaga, que ya declaró ilegal el trato diferenciado incluido en el Convenio Colectivo del personal laboral del Ayuntamiento en lo referido a los trabajadores de los planes de empleo.

La sentencia judicial, fechada días después del juicio celebrado el pasado martes, marca un precedente clave. Así lo destaca el sindicato CGT, que ha promovido la demanda y que asegura que este fallo abre la puerta a una avalancha de sentencias similares en los próximos meses, ya que hay centenares de procedimientos interpuestos por trabajadores en la misma situación.

El juzgado declara la actuación de la Ciudad como una vulneración de derechos fundamentales y condena a la administración a cesar de inmediato esta práctica. El texto de la sentencia es tajante: el juez no encuentra justificación objetiva ni razonable a la decisión de aplicar un salario inferior a trabajadores que desempeñaban las mismas funciones que otros empleados municipales. Según la resolución, esa diferencia salarial “carece de fundamento racional atendible” y constituye una discriminación directa prohibida por el ordenamiento jurídico.

Además, el fallo ordena restituir al trabajador en todos sus derechos, reponer la situación previa a la vulneración y abonar los 3.000 euros en concepto de indemnización por los daños sufridos. Aunque la sentencia admite recurso ante el TSJA, CGT insta a la Ciudad a no recurrir y a aceptar el fallo.

“El señor Imbroda no puede seguir dilatando este proceso. Es hora de rendirse a la evidencia”, ha declarado el sindicato, que recuerda que el conflicto se remonta a 2012, cuando la CAM y los sindicatos firmantes del convenio (CCOO, UGT y CSIF) avalaron un sistema que consagraba el trato desigual en los planes de empleo.

La CGT no solo reclama que no se recurra esta primera sentencia, sino que exige que el Gobierno local indemnice de oficio a todas las personas que han reclamado por haber sufrido discriminación. Consideran que la Ciudad debe asumir la responsabilidad sin obligar a los afectados a soportar procesos judiciales largos, costosos y agotadores.

El sindicato advierte que muchas demandas permanecen estancadas en el Juzgado de lo Social número 1 debido a la falta de medios humanos y técnicos. En su opinión, la carga de trabajo impide que un solo magistrado y un personal limitado puedan gestionar los cientos de reclamaciones que están en trámite.

Este fallo individual llega tras el parón motivado por el recurso presentado por la Ciudad contra el conflicto colectivo iniciado por CGT. Aquel procedimiento finalizó con la condena del TSJA y la eliminación del artículo del convenio que permitía la discriminación, lo que abrió la vía para las reclamaciones individuales.

Etiquetas: Noticias de Melilla

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Comentarios 1

  1. Vladimir comentó:
    hace 12 meses

    Todavía no se ha enterado Imbroda del principio universal de "A igual trabajo igual salario"?

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