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Inicio Tribunales y Justicia

Multa de 3.240€ por conducir sin carnet, empujar a un guardia civil y salir huyendo

Por Redacción El Faro
12/04/2018 20:27 CEST
Multa de 3.240€ por conducir sin carnet, empujar a un guardia civil y salir huyendo

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La fiscal rebajó la pena que pedía después de que el procesado reconociese los hechos de la acusación

Un individuo tendrá que pagar 3.240 euros tras reconocer ante el magistrado titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Melilla que había cometido dos delitos: uno de resistencia grave a la autoridad y otro contra la seguridad vial. Según se describe en el escrito acusatorio del Ministerio Fiscal, al que ha podido acceder El Faro, el procesado conducía un ciclomotor sin contar con carnet que lo habilitara para ello. Al ser interceptado por la Guardia Civil, empujó a uno de los agentes, cayendo este al suelo, para emprender una huida a la carrera.
Estos hechos tuvieron lugar el 15 de mayo de 2016, en torno a las 00:35 horas. El procesado circulaba con un ciclomotor que era propiedad de otra persona cuando, a la altura de la Pista de Carros, en dirección al campo de fútbol, al percatarse de la presencia de una patrulla de la Guardia Civil, el encausado hizo un giro brusco.
Los agentes lo siguieron y, a través de señales acústicas y luminosas, consiguieron que el individuo detuviera la marcha y parase el ciclomotor.
La fiscal recoge en su escrito que los guardias civiles, en el legítimo ejercicio de sus funciones, procedieron a cachear al acusado. Este último, “con claro ánimo de menoscabar el principio de autoridad”, dio un empujón a un agente, que cayó al suelo, aunque no sufrió lesiones a causa del impacto. Entonces, el encausado aprovechó el momento para emprender la huida a la carrera, escalando una valla de un almacén que estaba próximo a ellos.

Acuerdo con la fiscal
La Fiscalía inicialmente reclamaba para el procesado una pena de dos años y medio de prisión por un presunto delito de atentado a la autoridad, así como una multa de 8.640 euros por circular con un ciclomotor sin tener el correspondiente permiso para ello.
No obstante, tras una negociación con el letrado de la defensa, la fiscal terminó modificando la calificación de los delitos y rebajando la pena solicitada. Este acuerdo de conformidad es posible cuando el encausado decide colaborar con la Justicia reconociendo los hechos de los que se le acusa.
En consecuencia, la representante del Ministerio Fiscal sustituyó el delito de atentado por otro de resistencia grave a la autoridad, el cual está previsto y penado en el artíctulo 556.1 del Código Penal. De este modo, eliminó la solicitud de la pena de prisión por la multa de 1.080 euros.
Por otro lado, la fiscal modificó la sanción aparejada al delito contra la seguridad vial, contemplado en el artículo 384.2 del Código Penal. En vez de abonar una multa de 8.640 euros, se le impuso el pago de 2.160 euros.
El magistrado titular apercibió al encausado de que, en el caso de que no pague el total de las sanciones, sí que iría a prisión. El individuo se mostró conforme con los términos de la condena.

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