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La margarita frustrante de Velázquez

Por Irene Flores
17/04/2018 14:26 CEST
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Ayer se deshojó por fin la margarita. Prácticamente el enredo sobre si Velázquez podía o no presentarse a las elecciones ya se resolvió el pasado sábado, cuando el Juzgado nº2 de lo Contencioso-Administrativo de Melilla ya dictaminó que, por estar condenado en firme por un delito de prevaricación, incurría en una de las causas de inelegibilidad que impiden ejercer el derecho de sufragio pasivo o, lo que es lo mismo, presentarse a unas elecciones en nuestro país.
La maraña legal ha sido larga, salpicada de decisiones judiciales diferentes, pero finalmente se ha resuelto de una forma sensata y coherente con lo que dicta la ley.
Los partidos políticos mayoritarios en nuestro país pactaron una reforma de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General que entró en vigor hace unos meses y por la que no se permite a los condenados por determinados delitos considerados graves, como son los tipificados contra la Administración Pública, poder concurrir como candidatos en un proceso electoral.
El caso de Velázquez se encuadra en esa condición de inelegibilidad que también se aplica a altos funcionarios de nuestro sistema político-administrativo, no por estar condenados, sino por preservar la imparcialidad de instituciones principales en unas elecciones. Es el caso de los jueces o delegados de Gobierno, que mientras ejercen en sus puestos son igualmente inelegibles. De ahí que Gregorio Escobar tuviera que dimitir como autoridad gubernativa en Melilla para poder presentarse en el número 2 de la candidatura del PSME-PSOE o que Garzón también se apartara de la judicatura cuando fue candidato a las Cortes Generales por el PSOE.
En el caso de los inelegibles en sentido digamos lato se les está coartando su derecho al sufragio pasivo, pero en sentido jurídico y estricto no es así, sino que por unas razones u otras se les atribuye la condición de inelegibles. De ahí que en el caso de Velázquez el Tribunal Constitucional no tuviera ningún derecho fundamental que proteger, porque en realidad lo suyo no es un derecho coartado sino una circunstancia derivada de su condena en firme y en curso hasta el año 2017.
Verdaderamente  es penoso todo este asunto de Velázquez, su frustrado empeño por concurrir a unas elecciones y el pulso tremendo e insultante por parte de muchos de sus seguidores –en muchos casos amparados en el más vil anonimato- contra todos aquellos que oponíamos objeciones fundamentadas al polémico auto del titular del Juzgado de lo Penal nº2, que restringió su inhabilitación a la posibilidad de ejercer como presidente de la Ciudad pero no a la de de diputado de la Asamblea de Melilla.
Como he señalado en más de una ocasión, para ser presidente hay que ser diputado de la Asamblea obligatoriamente. Son cargos indisociables, “inescindibles” o “con una sustantividad única” como en lenguaje jurídico ha venido a señalar el fallo del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo.
A esta objeción básica se añade no obstante la principal y derivada de la condición nueva de inelegibles que la reformada LOREG impone a quienes están condenados en firme, entre otros delitos, por prevaricación. Por tanto, salvo la maraña creada por el discutible y polémico auto del Juzgado nº2, las decisiones judiciales finales, además de especialmente decisorias conforme a lo que prevé la propia LOREG para asegurar que las candidaturas se ajustan a la normativa vigente, atienden a una interpretación coherente de la ley, que es principal y fundamental en la aplicación del Derecho vigente.
Tras todo esto no puede haber ni hay persecuciones de tipo político instigadas por poder político alguno como se empeñan en dar a entender, más o menos velada o abiertamente, los seguidores de Velázquez o los partidos que le hacen el coro en su afán por dañar al PP, caso de CpM o el PSOE. Simplemente está la ley, la misma que aprobaron también los socialistas para impedir que pudieran presentarse a unas elecciones los condenados, entre otros delitos, por prevaricación.
Llegados a este punto, que espero haya quedado claro –lo que no es fácil tratándose de asuntos legales tan farragosos- he de expresar de nuevo mi bochorno porque el PP, para defenderse del crítico y zaheriente Velázquez, tenga que poner en duda a estas alturas su gestión cuando fue presidente y que, además, lo haga a través de quienes fueron sus delfines en política o sus colaboradores y en cierto modo cómplices políticos en la decisión que precisamente supuso a Velázquez su condena por prevaricación.
Me parece bochornoso como bochornoso me parece también que a estas alturas Velázquez cuestione tan ferozmente a Imbroda, a pesar de que él fue igualmente decisorio para que el actual presidente de la Ciudad llegara a regir el Gobierno de Melilla por primera vez en el año 2000. Ni Velázquez era tan malo a juicio de sus entonces compañeros cuando gobernaba, ni Imbroda podía ser bueno entonces y tan malo ahora, tal cual quiso creer Velázquez entonces para, una década después, intentar convencernos de todo lo contrario.

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