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Inicio » Política

El PSOE acepta que el Supremo archive el caso de Imbroda, pero pide transparencia

por Cristóbal Pérez
11/02/2016 23:10 CET

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El Partido Socialista comparte la decisión judicial del Tribunal Supremo tras archivar ayer la causa contra Imbroda por la publicidad en la prensa. Así lo comunicó ayer el miembro de la Gestora del PSOE  de Melilla Juan Ángel Berbel en rueda de prensa. Sin embargo, reclamó que haya más “transparencia” con los fondos públicos para que casos como éste no tengan que llegar al Tribunal Supremo.

“Compartimos la decisión judicial”, explicó el socialista, pero añadió que desde el Partido Socialista piden “que se sea muy escrupuloso con la gestión del dinero público”.
Según el representante de la Gestora esta causa “no debería haber llegado al Tribunal Supremo siempre y cuando hubiese sido todo muy claro y transparente”. En este sentido, defendió que, con más “transparencia”, no debería ser dicho tribunal “quien se decante a favor o en contra de la acusación”.
En este sentido, Berbel aseguró que los diferentes portavoces de su partido y miembros de la Gestora han compartido la misma tónica ante las decisiones judiciales y siempre han exigido esa “escrupulosidad” a la hora de gestionar fondos públicos.
“Si no se han encontrado argumentos judiciales suficientes para considerar la prevaricación y la malversación de fondos públicos, al PSOE nos parece estupendo” añadió el socialista.
Asimismo, Berbel señaló que el PSOE y cualquier otro partido “debe dejar hacer y trabajar a los diferentes órganos judiciales para que sean ecuánimes en su toma de decisiones”.

Causa archivada
Las declaraciones de Juan Ángel Berbel responden a la decisión del Tribunal Supremo de sobreseer y archivar las actuaciones contra el presidente de Melilla, Juan José Imbroda, al descartar que haya cometido prevaricación o malversación de caudales públicos en el reparto de la publicidad institucional de la Ciudad Autónoma.
En el auto, el alto tribunal explica que no existe tal malversación de fondos, sino un simple incumplimiento de los contratos celebrados.
Además, según  el Supremo no existe prevaricación, ya que no resulta evidente ni patente el procedimiento concreto soslayado por el acusado.

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