El acuerdo aprobado en el Pleno de la Asamblea el pasado 17 de octubre relativo a la aprobación inicial del reglamento que regula los procedimientos administrativos en materia de acogimiento familiar y adopción de menores fue publicado ayer en el BOME.
En sus principios de actuación, se establece “la primacía del interés del menor y sus derechos sobre cualquier otro interés de personas que pudieran concurrir con él”.
Para la declaración de idoneidad de las familias que acogerán a estos niños se exige una serie de requisitos entre los que destaca la “estabilidad familiar y madurez emocional de los solicitantes”, según el documento publicado en el BOME”. Asimismo, se les pedirá disponibilidad de tiempo para la educación y cuidado del menor, “ponderándose su actitud positiva y flexible”.
Medios de vida estables
También deberán disponer de medios de vida estables y suficientes, así como que exista una adecuación entre la edad de los interesados y la de los niños que están dispuestos a adoptar.
Otro detalle importante será la capacidad de aceptación de diferencias étnicas, culturales y sociales de los menores.
Se considerarán como no idóneos, entre otros, los que no ofrezcan suficientes garantías para que el niño que sea acogido o adoptado reciba una atención adecuada.
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