El juicio contra Hassan Dris, ex viceconsejero de Asuntos Sociales del Gobierno del PP de Melilla, por una supuesta compra de votos a cambio de vales de alimentos ha quedado visto para sentencia. Así lo ha determinado el juez tras escuchar en este lunes a un testigo de la acusación, miembro de la Guardia Civil, al presidente de Coalición por Melilla (CpM), Mustafa Aberchán, que también era testigo de la acusación y la persona que denunció este presunto delito; y un testigo de la defensa que pertenecía a una asociación donde supuestamente se hizo esa compra de votos por vales de alimentos. El otro acusado es Mimun Mohamed Hamed, que era presiente de la Asociación Cultura Numidia en el 2007.
La Fiscalía ha solicitado para Hassan Dris y para Mimun Mohamed 30 días cárcel, una multa de 3.000 euros (10 euros por día durante 10 meses) y inhabilitación para ejercer de cargo público en 3 años por un delito electoral continuado.
Por su parte, la acusación particular, que en este juicio eran dos, pero en este lunes ha estado representada por un solo abogado, se suma a la petición de la Fiscalía por un delito electoral continuado y mantiene la solicitud de 3 años por un delito de malversación de dinero público.
Por su parte, las defensas de Dris y de Mohamed solicitan la absolución de ambos.
En este lunes se había previsto que declarara el guardia civil instructor del caso. Sin embargo, no fue posible su localización. La Fiscalía y la acusación particular indicaron la importancia de contar con esta declaración, mientras que las defensas solicitaron no dilatar más y de forma “innecesaria” este proceso. El juez indicó que no se iba a suspender el juicio y que no se precisaba de la declaración de este otro agente. Por lo que, tras escuchar a los tres testigos y resolver esta cuestión, se procedió a los alegatos finales de cada una de las partes.
El día 27 de octubre fue la primera parte del juicio y ya con la sesión de hoy finaliza todo el proceso.
La Fiscalía solicitó para Hassan Dris y para Mimun Mohamed 30 días cárcel, una multa de 3.000 euros (10 euros por día durante 10 meses) e inhabilitación para ejercer de cargo público en 3 años por un delito electoral continuado.
En concreto, el Ministerio Fiscal en su escrito de acusación solo hablaba del artículo 146 de la ley de Régimen Electoral General (LOREG) para argumentar el delito electoral continuado. En este artículo se recoge la pena para quien ofrezca una recompensa a cambio de un voto. Pero la Fiscalía, tras la segunda sesión del juicio celebrada ayer, sumó otro artículo más y es el 141 de esta misma ley. Y en él se habla de las penas por vulnerar los trámites en el voto por correo.
Por su parte, la acusación particular, que en este juicio eran dos, pero en este lunes estuvo representada por un solo abogado, se sumó a la petición de la Fiscalía por un delito electoral continuado. Sin embargo, mantuvo la solicitud de 3 años por un delito de malversación para los dos acusados.
Por su parte, las defensas de Dris y de Mohamed solicitaron la absolución de ambos.
Además, se había previsto que declarara el guardia civil instructor del caso. Sin embargo, no fue posible su localización. La Fiscalía y la acusación particular indicaron la importancia de contar con esta declaración, mientras que las defensas solicitaron no dilatar más y de forma “innecesaria” este proceso. El juez indicó que no se iba a suspender el juicio y que no se precisaba de la declaración de este otro agente. Por lo que, tras escuchar a los tres testigos y resolver esta cuestión, se procedió a los alegatos finales de cada una de las partes.
Y antes de que el juez dictara que quedaba visto para sentencia, preguntó a los acusado si querían aprovechar su turno para decir unas últimas palabras. Solo Hassan Dris dijo que sí y argumentó de forma muy breve que todas las prestaciones que se entregaron desde el área de Bienestar Social entre el 2003 y 2019 se hicieron conforme a la ley y cumpliendo con el reglamento de la consejería que hay para ello.
Otro de los testigos que intervino este lunes fue de la defensa de Mimun Mohamed y se trataba de un hombre que colaboraba con la asociación. La defensa le preguntó parte de la documentación de voto por correo que había en la sede era de familiares suyos y dijo que sí. También le interrogó sobre si habían ofrecido ayuda a cambio de tramitar el voto, si habían cambiado algún voto o si habían solicitado el voto para algún partido a estas personas. Respondió a todas “nunca jamás en la vida”.
La Fiscalía insistió en su turno en preguntar por nombres de personas de las que habían aparecido los datos del voto por correo y el testigo no pudo identificar si eran o no familiares o amigos de los trabajadores o colaboradores de la asociación. Lamentó que para las preguntas de la defensa sí tuviera memoria y para las suyas no.
El Ministerio Fiscal también preguntó por qué documentación privada de las personas, como su certificado de padrón para votar o los sobres con todas las papeletas estaban en la sede de la asociación. El testigo dijo que eran familia y amigos que depositaban esa confianza en ellos.
E interrogó sobre por qué había vales de alimentos en la sede, unos 41, y respondió el testigo que era fotocopias justificantes para controlar ellos que nadie de esa misma familia volvía a pedir la ayuda.
La acusación particular preguntó sobre cuántos sobres se llevaron a correos y no supo responder.
En cuanto a los alegatos finales, comenzó el Ministerio Fiscal. Explicó que no tiene explicación que hubiera documentación de vales de alimentos en la asociación.
Remarcó que, si había sobres completos para votar por correo, era porque se iba a quebrantar el proceso de ese voto. Dijo que había 87 certificados de censo electoral y que se trata de un documento privado que no se sabe por qué estaban en esta entidad. Afirmó que no hay explicación razonable para todo esto.
La Fiscalía también subrayó que para cometer el delito electoral vale con solo el ofrecimiento de una recompensa o dadiva por el voto y que se cometa con una sola persona, y que el hecho de que sea familiar o amigo, no es una excusa.
La acusación particular dijo que no se hacía en la asociación un curso para justificar la entrada y salida de gente de la sede que se indica en la vigilancias practicadas. Subrayó que decae que todas las personas de las que se halló documentación sean familia de las personas que colaboraban con la entidad. Y añadió que no se acredita que los beneficiarios de los vales de alimentos los necesitaran.
Las defensas lamentaron los 14 años de instrucción de esta causa e indicaron que no quedaba acreditado el delito electoral. La de Dris apuntó que la partida de vales de alimentos ni se agotó ese año y que estaba fiscalizado. Y apuntó que no hay delito de malversación y que ha pasado mucho tiempo para hacer esa acusación. Y la defensa de Mohamed se sumó a lo anterior y dijo que “el móvil de esta actuación era la persecución” por parte de Aberchán a Mohamed, que dejó CpM por desavenencias.
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