El pasado lunes terminó el plazo de suscripciones de la segunda convocatoria del año. La primera tuvo 349 beneficiarios. La sociedad pública de Emvismesa estudiará a partir de ahora las 514 solicitudes que se han presentado a la segunda convocatoria de las ayudas al alquiler, según informó ayer su presidente, Javier Lence. El pasado lunes se terminó el plazo de inscripciones, el cual, no obstante, ya había sido ampliado tras el visto bueno de la Consejería de Fomento y el Consejo de Gobierno para dar más oportunidades a los ciudadanos de presentar sus solicitudes.
Estas ayudas tienen una duración de seis meses, de ahí, que se realicen dos convocatorias anuales. La primera de ellas, que se convocó en abril de este año, tuvo un total de 349 beneficiarios. Sin embargo, en la segunda convocatoria que finalizó el lunes, Emvismesa y la Consejería de Fomento introdujeron algunas novedades en los requisitos con el fin de flexibilizar las condiciones y que más melillenses se puedan beneficiar de unas ayudas que pueden alcanzar los 300 euros.
Ahora solamente se requiere que el contrato de alquiler tenga un mes de antigüedad como mínimo, frente a los tres meses que se exigían en la primera convocatoria. Por otro lado, para estas ayudas se pide que, en el caso de las familias, uno de los cónyuges tenga una residencia ininterrumpida en Melilla de 36 meses o más. En el caso de su pareja, se pide una residencia continuada de un año. Por otro lado, el solicitante podrá tener un máximo de 6.000 euros en bienes inmuebles, frente a los 3.000 euros de límite en la convocatoria del primer semestre.
Los requisitos que se mantienen son, por ejemplo, la renta mensual máxima, que pasó a ser de 1.170 euros. Además, se tiene en cuenta el número de miembros de la familia para intentar beneficiar a aquéllas que tengan más hijos o miembros en situación de desempleo.
También siguen intactos los principales requisitos que debe presentar la vivienda objeto de la ayuda. Tendrá que contar con cédula de habitabilidad, las correspondientes referencias catastrales y estar exenta de expedientes por infracción urbanística.
En cuanto a los peticionarios, deberán ser de nacionalidad española, de un país de la Unión Europea (UE) o extranjeros con permiso de residencia permanente. Tendrán que ser mayor de edad o mayor de 16 años emancipado. Asimismo, no podrán contar con viviendas en propiedad y estar al corriente de todas sus obligaciones fiscales. Podrán pedir estas bonificaciones los que hayan disfrutado de una con anterioridad.
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