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Un catedrático afirma que el Estado no quiere una Justicia “fuerte” para evitar su control

Vicente Gimeno, experto en Derecho Procesal, opina que, a pesar de que la reforma de la LeCrim en trámite es “muy importante”, se necesita un nuevo código procesal. Asegura que el poder judicial requiere de más jueces y una informatización similar a la existente en Hacienda.

El segundo día de las Jornadas de Derecho Enrique Ruiz Vadillo finalizaron ayer con la intervención del catedrático de Derecho Procesal de  la UNED, Vicente Gimeno, quien expuso las principales novedades de la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim) que ahora se está tramitando en el Senado y que entrará en vigor en septiembre. Sobre ella consideró que se trata de la segunda reforma más importante de una ley que data de 1882, pero subrayó la necesidad de un “nuevo código procesal”. Aseguró que el poder judicial es “la cenicienta del Estado”, dados los problemas que la Justicia española aqueja hoy día. “Parece que el Estado nunca ha querido tener un poder Judicial fuerte que controle al poder Ejecutivo”, aseveró.
Gimeno explicó que España cuenta con 5.000 jueces y la asociación Jueces para la Democracia reclamaba recientemente una convocatoria de mil plazas. Salvando las distancias con la población en Alemania, que duplica a la española, Gimeno destacó que ese país cuenta con 25.000 jueces.
Además, el sistema judicial español está “obsoleto”, no posee un sistema informático que permita la informatización de los trámites judiciales. Por ello, considera que estas dos premisas tendrían que ser una prioridad, teniendo en cuenta que otras áreas, como Hacienda, por ejemplo, sí cuenta con sus sistemas completamente informatizados. “Los juzgados están sobrecargados y solamente hace falta visitarlos para comprobar la cantidad de legajos que tienen acumulados. Todo se sigue haciendo en papel”, lamentó.
Es por ello que la justicia española es lenta. En el nuevo código procesal que este catedrático considera necesario, los fiscales se dedicarían a la función de investigar, mientras que los jueces serían los garantes de que se cumpla con las leyes en el proceso de instrucción. “Esto ahora no es posible”, apostilló, incluso con la reforma de la LeCrim en trámite.

Más garantías
Sobre las novedades que la reforma introducirá, el catedrático destacó el incremento de las garantías legales para las personas detenidas. “El detenido tendrá asesoramiento de su abogado en la Comisaría antes del interrogatorio. Hasta ahora el abogado era un convidado de piedra y no podía relacionarse con su cliente hasta que pasara a disposición judicial”, explicó.
Esta premisa viene a dar cumplimiento a unas directivas de la Unión Europea, al igual que el hecho de que a partir de la entrada en vigor de la LeCrim todas las sentencias podrán recurrirse a la instancia superior inmediata. Gimeno explicó que, hasta ahora, el sistema procesal penal era “muy deficiente”. Contra las sentencias de la Audiencia Provincial únicamente cabe recurso ante el Tribunal Supremo. Con la reforma de la ley podrán recurrir en apelación al Tribunal Superior de Justicia y de ahí, podrá recurrirse nuevamente al Supremo.

Intervenciones telefónicas
Otra de las novedades de la reforma de la LeCrim es que regula las intervenciones telefónicas. Según indicó el catedrático, esta regulación intenta cumplir con las exigencias europeas respecto al derecho al secreto de las comunicaciones. España ha sido condenada en dos ocasiones por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, recordó Gimeno.  
“Ahora hay una regulación muy minuciosa que intenta acabar con las inquisiciones generales. Todavía hay jueces inquisidores e intervenciones telefónicas de cuatro y cinco años. Tras la reforma, las intervenciones sólo se realizarán por delitos graves que lleven aparejada una pena superior a tres años de prisión y por un tiempo determinado de tres meses, que será prorrogable a un máximo de dos años. Parece mucho tiempo, pero hoy día hay instrucciones con intervenciones de cuatro y cinco años, de manera que algo se avanza”, argumentó.
Al igual que en el caso de las intervenciones telefónicas, la nueva LeCrim regulará las intervenciones electrónicas, es decir, que la Policía dejará de actuar “al borde de la ley” y podrá, legalmente, “meter troyanos en los ordenadores de narcotraficantes, terroristas y miembros del crimen organizado”, indicó. “Esto redundará en una mayor eficacia en la investigación policial porque ahora no existe una regulación de este aspecto”, destacó el catedrático de Derecho Procesal.
Por otra parte, también la LeCrim regulará el decomiso de los bienes de los narcotraficantes. Este trámite ya se agilizó, recordó Gimeno, con la reforma del Código Penal, pero ahora se incluyen nuevas medidas para aprehender los bienes derivados de la comisión de delitos relacionados con el crimen organizado.

Plazos para una instrucción más ágil

El catedrático en Derecho Procesal de la UNED, Vicente Gimeno, destacó que la reforma de la LeCrim establece plazos determinados para la instrucción de asuntos judiciales, dependiendo de la gravedad de los delitos investigados. Se pretende con ello evitar macrocausas que se prolonguen en el tiempo, como ha sido el ‘Caso Malaya’, cuyo juicio duró un año, y evitar situaciones como el caso de los EREs en Andalucía. “Se va a establecer plazos a la instrucción. Uno de los mayores males de la justicia penal es su extremada lentitud. Hay procesos de quince años, que son ingobernables”, indicó Gimeno. Las macroinvestigaciones podrán dividirse en piezas separadas al cambiar las “reglas de conexión de los delitos”. Todo ello, simplificará el proceso penal con objeto de que, según Gimeno, “cuando un tema esté ya cocido se abra juicio oral”. La LeCrim de 1882 establece un plazo de un mes para la instrucción, pero en la práctica esto no se cumple. Por ello, la reforma de la LeCrim establece un plazo “realista” de seis meses para los delitos no complejos y 18 meses para los más complejos con posibilidad de prórroga.

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