El Ministerio de Educación publica las ayudas que están dirigidas a organizaciones no gubernamentales.
Las entidades privadas sin ánimo de lucro para la realización de determinadas actuaciones dirigidas a la atención del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo y a la compensación de desigualdades en la Educación de la Ciudad Autónoma, podrán solicitar las subvenciones que, para tal fin, ha convocado el Ministerio de Educación.
Las actuaciones que deberán realizar estas entidades se dividen fundamentalmente en tres modalidades, la primera, que atenderá la promoción del desarrollo integral del alumnado, haciendo especial hincapié en las actividades extraescolares de apoyo y refuerzo educativo para el desarrollo de capacidades del alumnado y adquisición de las competencias básicas, prevención del absentismo escolar inserción lingüística, instrumental o cultural que favorezcan la integración en el sistema escolar de estos estudiantes.
La segunda categoría fomentará los aspectos de enriquecimiento que aportan las diferentes culturas, especialmente los relacionados con el mantenimiento y la difusión de la lengua y la cultura del alumnado procedente de otros países.
El tercero de los objetos de estas subvenciones es el que servirá de complemento de la atención educativa del alumnado que, bien por su estancia temporal en los centros de acogida o por razones de largas convalecencias de los alumnos en establecimientos hospitalarios o en el propio domicilio, no pueda seguir un proceso normalizado de escolarización en su centro de formación de referencia.
Podrán concurrir a estas subvenciones las entidades legalmente constituidas, radicadas en España, que durante el próximo curso escolar, desarrollen cualesquiera de las actuaciones relacionadas en centros de Melilla.
Las entidades privadas sin ánimo de lucro para la realización de determinadas actuaciones dirigidas a la atención del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo y a la compensación de desigualdades en la Educación de la Ciudad Autónoma, podrán solicitar las subvenciones que, para tal fin, ha convocado el Ministerio de Educación.Las actuaciones que deberán realizar estas entidades se dividen fundamentalmente en tres modalidades, la primera, que atenderá la promoción del desarrollo integral del alumnado, haciendo especial hincapié en las actividades extraescolares de apoyo y refuerzo educativo para el desarrollo de capacidades del alumnado y adquisición de las competencias básicas, prevención del absentismo escolar inserción lingüística, instrumental o cultural que favorezcan la integración en el sistema escolar de estos estudiantes.La segunda categoría fomentará los aspectos de enriquecimiento que aportan las diferentes culturas, especialmente los relacionados con el mantenimiento y la difusión de la lengua y la cultura del alumnado procedente de otros países.El tercero de los objetos de estas subvenciones es el que servirá de complemento de la atención educativa del alumnado que, bien por su estancia temporal en los centros de acogida o por razones de largas convalecencias de los alumnos en establecimientos hospitalarios o en el propio domicilio, no pueda seguir un proceso normalizado de escolarización en su centro de formación de referencia.Podrán concurrir a estas subvenciones las entidades legalmente constituidas, radicadas en España, que durante el próximo curso escolar, desarrollen cualesquiera de las actuaciones relacionadas en centros de Melilla.