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SATE-STEs: "El Ministerio de Educación y Formación profesional hace oídos sordos a las directivas europeas"

SATE-STEs reivindica un concurso de méritos extraordinario que cumpla la Directiva 1999/70 CE, "que establece que se produce abuso de temporalidad cuando un empleado/a público eventual es destinado a realizar tareas propias del personal fijo y cuando se utilizan nombramientos temporales para necesidades permanentes –estructurales- durante la Mesa de Negociación de Personal Docente no Universitario del Ministerio de Educación y Formación Profesional".

Desde STEs exigen la estabilización del profesorado interino en situación de abuso de temporalidad frente al ordinario concurso-oposición, "basado en pruebas memorísticas y muy alejado de la práctica docente", exponen.

Antecedentes

El sindicato recuerda que el camino ha sido largo desde la Directiva de 1990 que desembocó estos años atrás en sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea contra nuestro país, iniciando un proceso normativo que comenzó con el Real Decreto-Ley 14/2021 “ICETAZO”.

Finalmente fue retirado y sustituido el diciembre pasado por la Ley 20/2021, que incluía la convocatoria excepcional de estabilización de empleo de larga duración -concurso de méritos- que ahora nos ocupa.

En los meses siguientes, se dictaron Resoluciones de la Secretaría de Estado de Función Pública con orientaciones generales para todas las administraciones, orientadas a la puesta en marcha de los procesos.

A partir de ahí, el propio MEFP fue concretando las orientaciones para el proceso de estabilización "dejando plena libertad y criterios nada claros a los territorios",dicen desde el sindicato, de modo que estas actuaciones se plasmaron en la aprobación de Ofertas Públicas de Empleo que no identificaron correctamente las plazas; "se notificó una total falta de transparencia y que en algunos casos se encuentran impugnadas en sus respectivos Tribunales Superiores de Justicia regionales", explican desde SATE-STEs.

El siguiente capítulo fue la modificación del RD 276/2007 para las plazas de estabilización que "minusvaloró y limitó la antigüedad", considera el sindicato, que se publicó el RD 270/2022, de 12 de abril, que estableció una doble vía: plazas para concurso oposición  y plazas para concurso de méritos.

Este último Real Decreto ha sido recurrido por la Confederación de STEs-i "al entender que nos transpone las Directivas Europeas y las Sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea", comenta el sindicato.

Reglamento de ingreso

Conviene saber que solo el personal docente no universitario –en desarrollo de la ley orgánica educativa- publica un reglamento de ingreso como normativa básica.

Esto supone en la práctica un gran problema para el personal temporal de larga duración porque existirá un único proceso de libre concurrencia, una especie de distrito único que tendrá un pernicioso efecto llamada y "que cambiará el lugar de trabajo de la mayoría –en el mejor de los casos- mientras que otros muchos perderán su empleo", explica el sindicato.

Representantes de STEs ejemplifican situaciones concretas que se van a dar: “Piensen en una profesora de saxofón de un Conservatorio de Música que lleva 20 años trabajando sin oportunidad de opositar porque su plaza u otras nunca se convocaron. Es común que solo exista una plaza de esa especialidad en su centro de trabajo, que se haya metido en una hipoteca y que se encuentre ahora que esa plaza saldrá al proceso de estabilización al que podrán concurrir desde todas las regiones en un único proceso. Esta persona tiene limitado su posibilidad de hacer méritos a un tope de 10 años y los criterios de desempate se centran en otros méritos distintos a su desempeño profesional diario. Esa única plaza se cubrirá más pronto que tarde y la docente engrosará las listas del paro. Son situaciones dramáticas que serán habituales”.

 Por otra parte, el sindicato considera que "la falta de liderazgo del Ministerio y la errática gestión e interpretación que algunas CCAA, con convocatorias injustificadamente e ilegalmente exiguas, van a suponer en muchos casos el fracaso de los procesos de estabilización porque no se cumplirá el objetivo de reducir la tasa de interinidad al 8% y no se va a estabilizar a la mayoría de las personas que están en situación de abuso de temporalidad"

 

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