El Boletín Oficial de Melilla (BOME) publicó ayer el Reglamento del Gobierno y del a Administración en un número extraordinario, después de que éste haya sido aprobado definitivamente en pleno por unanimidad. Entre otros asuntos, el texto recoge explícitamente la obligación de que el vicepresidente sea miembro del Consejo de Gobierno y diputado en la Asamblea.
En concreto, el artículo 11.2 indica: “El Presidente designará de entre los miembros del Consejo de Gobierno, que reinan a su vez la condición de miembros de la Asamblea, uno o varios vicepresidentes para que, por su orden, le sustituyan en caso de ausencia, enfermedad o impedimento, ostentando accidentalmente la Presidencia y desempeñando las funciones ejecutivas, administrativas de representación de la Ciudad, sin que tal sustitución alcance a las funciones de Presidencia de la Asamblea, donde la sustitución corresponderá, por su orden, a los Vicepresidentes de la Cámara”.
Hay que recordar que a finales del mes de septiembre el presidente de la Ciudad, Juan José Imbroda, tuvo que sustituir a Manuel Ángel Quevedo como vicepresidente por Daniel Conesa, ya que Quevedo no era miembro de la Asamblea.
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