Cinco acusados de un delito contra la salud pública comparecieron ayer ante la magistrada titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Melilla. La Fiscalía pidió para ellos penas de cuatro años y medio de prisión, además de reclamar multas de 120.000 euros.
La acusación mantuvo la petición expuesta en su escrito, al que ha tenido acceso El Faro, pese a que en marzo la juez declaró nula la prueba principal del caso, la de las escuchas telefónicas. Esto sucedió después de que los letrados de la defensa pusieran de manifiesto que en el procedimiento no constaba el auto judicial que autorizaba las intervenciones de los teléfonos de los procesados, que fueron claves para que la Guardia Civil cazara a los encausados trasladando 30 kilos de hachís.
La magistrada, tras comprobar que el citado documento no aparecía en ninguno de los diez tomos que conforman la causa, no tuvo más remedio que acceder a la petición que los abogados plantearon en marzo en el trámite de cuestiones previas. El caso finalmente quedó ayer visto por la juez para dictar una sentencia después de que los procesados se acogieran a su derecho a no declarar.
Toda la actuación derivada de las escuchas, entre ellas las intervenciones de los agentes que detuvieron a los procesados tras sorprenderlos supuestamente con la droga, quedaron también anuladas. Por este motivo, el juicio se celebró sin que hubiera ningún otro testigo.
Pese a la nulidad de las pruebas, la Fiscalía mantiene en su acusación que entre los días 22 de enero y 2 de febrero de 2010 dos de los procesados mantuvieron numerosas conversaciones telefónicas para preparar una entrega de hachís. Esta se llevaría a cabo en la ciudad de Sevilla, como pudo saber la Guardia Civil gracias a las escuchas que finalmente fueron anuladas.
Según sostiene el Ministerio Público en su escrito, el 2 de febrero de 2010, sobre las 10:00 horas, uno de los encausados recogió en el aeropuerto de Málaga a otros dos investigados. Posteriormente se reunieron con otro de los procesados, que viajaba en un vehículo distinto.
Al día siguiente, siempre según la versión de la acusación, cuatro de los acusados se dirigieron sobre las 20:00 horas a la explanada de la gasolinera CEPSA situada en la Carretera de la Esclusa, en la zona de Tablada (Sevilla). Los procesados se desplazaron hasta el punto en el que iban a llevar a cabo la entrega de droga en coches alquilados.
Siempre según el Ministerio Público, antes de que se llevase a cabo la detención la Guardia Civil escuchó una conversación entre dos de los procesados, en la que uno le indicaba al otro cómo tenía que llegar al lugar en el que tenía que dejar los 30 kilos de hachís.
Una vez en la explanada, de acuerdo con la Fiscalía, tres individuos se bajaron de dos vehículos y, mientras uno de ellos se montó en un ciclomotor conducido por otra persona, los otros dos acusados hicieron un intercambio de llaves y de automóviles. Cuando pretendían marcharse, los agentes de la Guardia Civil irrumpieron en el punto de encuentro.
Uno de los procesados fue detenido in situ, en el interior del coche. Otro agente inició una persecución a pie tras uno de los implicados que se encontraba en la explanada y que intentó huir en dirección al polígono industrial próximo a la gasolinera, siempre según lo expuesto en el escrito de la fiscal.
Asimismo, otros dos funcionarios, uno a pie y otro en vehículo, se unieron a la persecución de otros dos procesados que salieron de los automóviles en dirección a la barriada Los Remedios, en Sevilla. Según detalla el Ministerio Público en su escrito, uno de los implicados logró escapar de los agentes, aunque otros dos sí fueron alcanzados.
Tras el registro policial, los agentes descubrieron que en el interior del maletero de uno de los vehículos alquilados había una bolsa de deporte de grandes dimensiones. Dentro hallaron 60 paquetes de hachís envueltos en papel de aluminio. Sumaban 29.779 gramos netos de cannabis sativa, valorados en 43.283 euros. Así lo recoge la Fiscalía en su acusación.
Los letrados de la defensa, por su parte, solicitaron ayer en el trámite de conclusiones que sus clientes quedasen absueltos debido a la ausencia de pruebas incriminatorias contra ellos. La magistrada titular del Juzgado de lo Penal 2 tendrá que dictar una sentencia.
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