El magistrado Fernando Portillo expresa su opinión sobre cuestiones de actualidad de importante calado jurídico
El magistrado-juez Fernando Germán Portillo, expresidente del Foro Judicial Independiente, considera que el Gobierno de Pedro Sánchez podría estar incurriendo en un fraude de ley constitucional al llevar a la Diputación Permanente del Congreso unos reales decretos ley de vivienda prácticamente iguales a los que el Pleno rechazó días antes. Así lo ha expresado en una entrevista con El Faro, a menos de dos meses de las elecciones generales del 29 de noviembre, en la que también analiza el aval del Tribunal Constitucional a la amnistía, la actuación de los jueces en periodo electoral, la Ley de Nietos y el voto por correo.
Portillo, que presenta su postura como una opinión jurídica compartida "como otros muchos", aclara que el problema no está en el instrumento. Aprobar decretos ley y llevarlos a la Diputación Permanente con las Cortes disueltas es un mecanismo "perfectamente legal" que se ha utilizado otras veces sin problema. Lo que lo convierte en un posible fraude, explica, es el resultado que se persigue.
Ese resultado es, a su juicio, eludir el sistema constitucional de mayorías del Congreso, algo que el ordenamiento jurídico no quiere. El magistrado recuerda que "el sistema de mayorías del Congreso es el que mejor expresa la soberanía nacional" y que la Cámara es el único órgano que la representa.
Describe la Diputación Permanente como un órgano provisional, una especie de servicio de guardia para los asuntos urgentes que requieran respuesta legislativa mientras el Parlamento está disuelto. No se creó, sostiene, como segunda oportunidad para lo que el Congreso acaba de rechazar.
El jurista añade que este órgano "no guarda bien la proporcionalidad del Congreso", de modo que los mismos partidos, votando en el mismo sentido, pueden dar lugar a un resultado distinto. Aprovechar esa aritmética, que define como un fallo o una falta de ajuste del sistema, para convalidar unos decretos que el Pleno había tumbado días antes es, en su opinión, un modo de actuar posiblemente inconstitucional.
Habla de posibilidad porque el propio Constitucional estableció en marzo de este año, a raíz de un decreto ley del Gobierno balear, que un Ejecutivo no puede usar esta herramienta para enmendar lo decidido por el Parlamento cuando lo considera equivocado. "No puede el Poder Ejecutivo corregir al Poder Legislativo, no puede pasar por encima de su voluntad", resume.
Sobre los conocidos como decretos Maricarmen, reconoce que los nuevos textos no son una copia exacta de los rechazados, pero sostiene que "las diferencias son mínimas" y que la sustancia es la misma. Por ello concluye que, en su opinión, se está produciendo un fraude constitucional.
En cuanto al pronunciamiento del Constitucional sobre la amnistía y la posibilidad de que se esté convirtiendo en una instancia superior al Supremo, Portillo recuerda que la misión fundamental del Constitucional es vigilar que las leyes que aprueba el Parlamento se ajustan a la Constitución.
Tiene además otra función, velar por los derechos fundamentales de los ciudadanos a través del recurso de amparo, una tarea que en otros países recae en los tribunales ordinarios. Por esa vía, explica, el Constitucional puede apreciar que cualquier órgano, incluido el Supremo, ha vulnerado derechos como la presunción de inocencia o el principio de legalidad, que exige que una conducta esté prevista previamente en la ley para poder ser sancionada.
Sin embargo, insiste en que el Constitucional no está por encima del Supremo, que es el órgano superior que la Constitución ha diseñado para revisar la labor de los tribunales. El amparo, añade, debe limitarse a comprobar si la actuación del alto tribunal ha supuesto una vulneración de derechos fundamentales. "No puede entrar a interpretar la legalidad ordinaria", subraya.
Esa legalidad ordinaria abarca cuestiones como el alcance de un tipo penal, las agravantes o las atenuantes, que no corresponde examinar al Constitucional. Por ello entiende que en este caso, como en otros anteriores que sitúa ya en los años noventa, el tribunal se ha extralimitado en sus funciones y ha actuado como un tribunal de casación del Supremo.
Ante la supuesta norma no escrita de frenar las causas que afectan a partidos hasta después de las elecciones, Portillo es tajante: "No existe ninguna disposición legal que obligue a paralizar los procedimientos de investigación de causas de corrupción política durante el periodo electoral". Tampoco, añade, existe una costumbre en ese sentido ni la obligación de aplazar las decisiones más trascendentales.
A su juicio, es lógico que sea así, porque en España se celebran elecciones generales, autonómicas y municipales, a las que se suman los periodos de formación de gobierno y negociación de pactos.
Admite, no obstante, que algunos jueces que instruyen este tipo de causas optan, "como decisión puramente personal y bajo su propia responsabilidad", por posponer determinadas resoluciones muy trascendentales cuando la fecha de votación está muy próxima, con la intención de no interferir en el proceso electoral.
Lo considera arriesgado, porque se puede acabar interfiriendo igualmente al guardar una resolución relevante para los ciudadanos a la hora de decidir su voto. En todo caso, sostiene que los tiempos de la justicia no tienen nada que ver con los de la política y que los jueces deben actuar sin mirar por el retrovisor lo que ocurre en ese terreno.
A quienes critican a los jueces por no frenar las causas abiertas en campaña, les recuerda que, en pleno periodo electoral, el Constitucional ha adoptado una de las decisiones más trascendentales para estos comicios, la de avalar la amnistía en el caso de la malversación, sin que se haya reclamado que esperara a que terminaran las elecciones. "Cuidado con mirar siempre las cosas solo desde una perspectiva y olvidar la otra", advierte.
Respecto a la Ley de Nietos, Portillo explica que las dudas surgieron porque el censo para las elecciones generales quedó congelado a fecha de 1 de agosto de este año. El Tribunal Supremo acordó de forma cautelar una suspensión que afecta a quienes adquirieron la nacionalidad española con base en la instrucción que desarrolló la norma, una interpretación que considera extensiva y amplia, y no a quienes la obtuvieron con base en la propia ley.
El magistrado entiende que esa medida, en principio, no tiene efectos retroactivos. Ve, sin embargo, difícil que los consulados determinen qué personas obtuvieron la nacionalidad por una vía y cuáles por la otra. "Va a ser complicado", reconoce, ya que habría que revisar uno a uno cada expediente y, a su juicio, no hay medios materiales para hacerlo.
Sobre la desconfianza en torno al voto por correo, Portillo considera que desde las instituciones y los responsables públicos "tenemos la obligación de transmitir mensajes de tranquilidad". Asegura que existen muchas garantías para impedir que alguien abra el sobre de un votante y cambie su papeleta, por lo que, en su opinión, "podemos estar tranquilos respecto a eso".
El riesgo, señala, está en aprovechar los huecos del sistema para conseguir votos mediante su compra, una práctica más difícil de articular cuando el voto es presencial y más sencilla cuando se emite por correo. Reconoce que esa posibilidad existe y que se ha dado en Melilla.
En la ciudad hay, de hecho, una sentencia judicial firme por compra de votos relacionada con las elecciones de 2008. Pese a ello, el magistrado insiste en que quienes se dedican a la vida pública deben trasladar a los ciudadanos que pueden votar por correo sin problemas.
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