Categorías: Tribunales y Justicia

No se aplicó el Acuerdo del 92 “ni ningún otro” en la devolución de los ‘kamikazes’

El abogado de CpM afirma, en el recurso contra el archivo de la causa, que “no existe ningún documento de los exigidos” en el acuerdo para devolver a los 12 inmigrantes que entraron a Melilla en febrero de 2013.

Tras conocer el archivo y sobreseimiento provisional de la causa abierta por la devolución de 21 inmigrantes que entraron a Melilla en dos coches ‘kamikazes’ en febrero de 2013 por parte del Juzgado de Instrucción y Primera Instancia número 5, la representación legal de Coalición por Melilla (CpM) registró esta semana el recurso de apelación contra la decisión del juez Miguel Ángel Gutiérrez. En el documento al que ha tenido acceso El Faro, el abogado insiste en que la devolución a Marruecos de 12 de los 21 inmigrantes fue “arbitraria, ilegal e injusta” pues no se aplicó el Acuerdo hispano marroquí del 92 “ni ningún otro (convenio) legalmente previsto”.
El abogado Rachid Mohamed sostiene en el recurso que en la documentación de la investigación no existe ningún certificado oficial de los que se exigen si quiera en el propio Acuerdo del 92 para que el país vecino readmita a inmigrantes venidos de su territorio y que entran de forma irregular a Melilla. Además, argumenta que la Guardia Civil no tiene competencias para gestionar o realizar trámites relacionados con Extranjería y asegura que los inmigrantes entregados a las autoridades marroquíes no estuvieron asistidos de abogado e intérprete, por lo que se vulneraron sus derechos fundamentales.

Devolución legal
El letrado de los cepemistas recuerda al juez que la devolución de los primeros inmigrantes que entraron en un coche ‘kamikaze’ por la frontera de Beni Enzar se hizo aplicando la Ley de Extranjería y siguiendo todos los trámites recogidos en esta norma.
Sin embargo, no es el mismo caso de los 12 subsaharianos que entraron por el puesto fronterizo el 10 de febrero del año pasado.

El Acuerdo del 92
Además de no cumplirse la Ley de Extranjería, el letrado sostiene que tampoco se cumplió lo recogido en el acuerdo hispano marroquí del 92, al que aludieron los imputados en la causa: El delegado del Gobierno, Abdelmalik El Barkani, y el comandante segundo jefe de la Comandancia de la Guardia Civil, Arturo Ortega Navas.
El mecanismo de devolución recogido en ese acuerdo del 92 exige que las autoridades españolas soliciten a Marruecos la readmisión de los inmigrantes y que el país vecino, a su vez, emita un documento que acepte esa devolución. No obstante, el acuerdo bilateral es muy escueto en el trámite a seguir. Sin embargo, apostilla el letrado Rachid Mohamed, ello “no supone la ausencia absoluta de trámites administrativos ni la ausencia de derechos para los extranjeros, quienes tendrán, como mínimo, la posibilidad de ser identificados, de exponer sus circunstancias personales y a la asistencia letrada, ya que previamente a la devolución y readmisión, siempre existe una detención”.
Además, la solicitud de readmisión debe ir acompañada “de los datos de identidad de los inmigrantes, de sus circunstancias y cualquier otra información de que se disponga”, agrega Mohamed en el recurso de apelación.

Sin documentación oficial
Mohamed expone que los únicos documentos que acreditan la devolución de estos 12 inmigrantes es la solicitud de readmisión que el comandante Ortega Navas cursa, sin sello de registro de salida ni de entrada por parte de la autoridad marroquí. El abogado considera que este documento de solicitud está elaborado “de forma muy chapucera”.
Tampoco existe otro documento “fundamental”, como es el certificado de aceptación de la readmisión de los inmigrantes por parte de las autoridades marroquíes, que, según considera Mohamed, “debió ser exigido por las autoridades españolas”.
La argumentación de que Marruecos no reconoce la soberanía española de Melilla y Ceuta está “vacío de contenido y de seriedad”, considera el letrado. “Si ello fuera así, no entendemos cómo Marruecos se prestó a firmar un convenio internacional pensado exclusivamente para Ceuta y Melilla y luego proceda a su aplicación, pero sin dejar constancia documental alguna”, añade.

La identificación de los inmigrantes

En el recurso, el abogado de CpM, Rachid Mohamed, también adjunta el documento con el que se acredita, por parte de los imputados, la labor de identificación de los inmigrantes ‘kamikazes’. El informe consta de una fotografía con los subsaharianos dispuestos en fila en la valla y con un número asignado. Bajo la imagen, un listado con el nombre, fecha de nacimiento y país de procedencia de cada uno de ellos. Mohamed considera que esta identificación carece de rigor y valor, pues tampoco cumple con los requisitos exigidos y recogidos en el acuerdo del 92.

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