En este documento se recoge que en Melilla y en Ceuta habrá 320 plazas de estabilización para los diversos cuerpos docentes. Sí que se desglosa el reparto por cuerpos docentes y si se trata de plazas que se ofertarán por concurso-oposición o solo por concurso. Pero no se explica cuántas plazas corresponden a cada una de las dos Ciudades Autónomas o la distribución por especialidades.
Así, en el BOE se indica que hay reservadas un total de 176 plazas para el profesorado de Enseñanza Secundaria y otros cuerpos docentes de enseñanza no universitaria. Estas plazas se distribuyen entre 126 para el concurso-oposición, repartidas en 117 del cupo general y 9 de reserva para personas con discapacidad; y otras 50 que se regirán solo por concurso.
Y hay otras 144 plazas destinadas a maestros; en este caso, 129 corresponden al concurso-oposición: 120 para el cupo general y 9 para personas con discapacidad. Además, hay 15 plazas del cuerpo de maestros que saldrán solo por concurso.
Solo echar los papeles
El concurso es una de las tres vías de acceso a la Función Pública, en este caso a la docencia, incluida en la citada ley de reducción de la temporalidad. Según se recoge en el Real Decreto, se pretende sacar a concurso todas aquellas plazas que hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016, así como aquellas plazas vacantes de naturaleza estructural ocupadas de forma temporal por personal con una relación, de esta naturaleza, anterior a 1 de enero de 2016. Hay que resaltar que se trata de plazas y no de personas; es decir, en ningún momento se habla de que se vaya a estabilizar a las personas que lleven más de un número determinado de años trabajando como docentes, sino que se estabilizan las plazas.
A la obtención de una de estas 65 plazas de concurso -50 de Secundaria y 15 de maestros, en Melilla y Ceuta- podrá optar cualquier docente que cumpla con los requisitos mínimos de titulación y demás exigencias propias de la convocatoria, del tipo edad o nacionalidad. Para participar no hace falta cumplir más requisitos, como puede ser por ejemplo estar en activo como personal interino o tener una determinada experiencia previa en la enseñanza. Y no habrá ningún examen o prueba: se trata tan solo, como se diría coloquialmente, de echar los papeles. El que tenga mejor baremo, el que cumpla mejor con los requisitos establecidos, se llevará una de estas plazas y será funcionario. Por supuesto, cualquier persona puede optar a cualquier Comunidad Autónoma, si cumple con lo establecido en las bases.
Baremo del concurso
Este proceso de estabilización se llevará a cabo una sola vez y de manera excepcional. Ahora mismo, el Ministerio de Educación y las distintas Comunidades Autónomas están en negociación para determinar los detalles del baremo. Lo que sí parece ya claro, o al menos es lo que proponen desde el Ministerio, es que el baremo para la valoración de los méritos del concurso se estructurará en tres bloques: experiencia docente (se puede obtener un máximo de 7 puntos), formación académica (máximo, 3 puntos) y otros méritos (máximo, 5 puntos).
Para el apartado de la experiencia docente previa, al igual que ocurre ahora mismo con el baremo de las interinidades, se tendrá en cuenta un máximo de 10 años. Es decir, a partir de los 10 años, ya no se cuenta más puntos por este apartado.
Por cada año de experiencia docente en la especialidad del cuerpo a la que opta la persona aspirante en centros públicos se asignará 0,7 puntos. Por cada año en el mismo cuerpo y en la enseñanza pública pero en distinta especialidad se obtendrán 0,350 puntos. La puntuación va bajando si hablamos de experiencia docente en otras especialidades de otros cuerpos en centros públicos (0,125 puntos) o de un año en especialidades del mismo nivel o etapa educativa pero en centros que no sean públicos (0,1 puntos).
El apartado de otros méritos establece que se valorará con 2,5 puntos la superación de la fase de oposición en la misma especialidad del cuerpo al que se opta. Pero con dos matizaciones: tiene que ser una oposición celebrada desde 2012 y solo se tendrán en cuenta un máximo de dos aprobados. Algo lógico esto último, ya que en este tercer apartado solo se puede obtener un total de 5 puntos. Además, este apartado incluye que se podrá valorar con un máximo de 2 puntos la formación permanente de la persona aspirante. De momento, no se ha concretado más a qué se refiere exactamente esta formación permanente.
Las convocatorias de los procesos selectivos correspondientes deberán publicarse antes del 31 de diciembre de 2022 y deberán estar finalizadas antes del 31 de diciembre de 2024. En estas convocatorias se incluirán igualmente todas las plazas no convocadas de procesos de estabilización anteriores o las que habiendo sido convocadas y resueltas hayan quedado sin cubrir, a la fecha de entrada en vigor de la citada Ley 20/2021.
DISTRIBUCIÓN
176 plazas para Secundaria y 144 para maestros
Parte de cada una -126 y 129, respectivamente- se adjudicará por concurso-oposición, y se reservan nueve plazas en cada caso para personas con discapacidad. El resto -50 y 15- saldrán por concurso.
MÉRITOS
Siete puntos como máximo en experiencia docente
Parece ser que el baremo para la valoración de los méritos se estructurará en experiencia docente -hasta 7 puntos-, formación académica -un máximo de 3 puntos- y otros méritos, que pueden aportar 5 puntos.
CONVOCATORIAS
Establecido el plazo de los procesos selectivos
Las convocatorias de los procesos selectivos correspondientes deberán publicarse antes del día 31 de diciembre de este año, mientras que deberán estar finalizadas antes del 31 de diciembre de 2024.
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