Melilla continuará hasta el lunes 23 con todas las medidas restrictivas aprobadas hace un par de semanas, como el toque de queda, y también con el cierre de la hostelería al que ahora se suman más locales, como los de apuestas y los museos. Además, baja de seis a tres las personas que se pueden reunir en espacios públicos o privados si no son convivientes.
Éstas son algunas de las nuevas medida que se han publicado esta mañana en un Boletín Oficial de Melilla (BOME) extraordinario con el objetivo de insistir en las actuaciones para bajar el número de contagios que hay en la ciudad.
En un primer lugar, el BOME recoge el decreto 496 de fecha del 7 de noviembre relativo a medidas preventivas en la ciudad como consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica de la Covid-19. Aquí se recoge que seguirá la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno, que seguirá siendo de las 22:00 a las 6:00 horas de la mañana. Durante las horas intermedias solo podrán circular por las vías o espacios de uso público y deberán justificarlo, las personas que precisen de adquirir medicamentos o bienes de primera necesidad o acudir a centros de servicios sanitarios; los que deban cumplir con obligaciones laborales o empresariales; el retorno al lugar de residencia tras haber realizado algunas de esas acciones; o el atender a personas mayores, menores o dependientes.
También ser indica en este decreto que continúa la limitación de entrada o salida de Melilla. Solo se podrá acceder a la ciudad o salir de ella en casos muy concretos, como la asistencia a centros sanitarios, el cumplimiento de obligaciones laborales, por estudios, al retornar al lugar de residencia habitual o familiar o por el cuidado de personas dependientes.
Aunque llama la atención que la Ciudad haya adoptado una medida aún más restrictiva en este documento es reducir a 3 el número de personas que hay en espacios de uso público, tanto cerrados como al aire libre, así como de ámbito privado, a excepción de que sean convivientes. Todo esto indica el decreto sin perjuicio de las excepciones que se establezcan en relación a dependencias, instalaciones y establecimientos abiertos al público.
En el caso de las agrupaciones en que se incluyan tanto personas convivientes como personas no convivientes, el número máximo a que se refiere el párrafo anterior será de seis personas. Además, no estarán incluidas en la limitación prevista anteriormente las actividades laborales, de transporte, educativas e institucionales ni aquellas para las que se establezcan medidas específicas en la normativa aplicable.
En cuanto a los lugares de culto, no se podrá superar un tercio del aforo para las reuniones, celebraciones o encuentros en estos espacios, ya sean espacios cerrados o abiertos. Además, es obligatorio ponerse la mascarilla, dejar distancia social y que haya geles hidroalcohólicos en los accesos.
El decreto entra en vigor esta medianoche y mantendrá su vigencia hasta el lunes 23.
Por otro lado, el BOME también recoge una prórroga de la vigencia de la orden 4137 de la Consejería de Economía y Políticas Sociales que se publicó el 14 de octubre y en la que se recogía el cierre de la hostelería.
En el documento actual, la consejería subraya que “en la última semana se ha apreciado por los técnicos en alud pública una reducción de la tasa de trasmisión comunitaria, que prueba lo adecuado de la adopción de las referidas medidas y la necesidad de mantenerlas por un periodo de 15 días más al menos ya que se mantienen a la fecha de hoy un nivel de alerta extremo”.
Pero lo que hace Salud Pública es sumar más restricciones. En este sentido, se suma el cierre al público de establecimientos y locales donde se desarrollen actividades de juego y apuestas. También se clausuran los museos y las salas de exposiciones.
Además, se autoriza a la Policía Local a proceder “a la clausura de aquellos puestos que con ocasión de la celebración del mercadillo sobrepasen el aforo permitido, y en todo caso en los que haya aglomeraciones o se agolpen o agrupen más de 6 personas en la extensión del puesto o puestos, en todo caso deberán portar mascarilla que cubra boca y nariz y se exige que en lugar visible haya geles hidroacohólicos a disposición de los consumidores.
“Finalmente, se hace reitera la necesidad de que en los accesos a todos los establecimientos o instalaciones abiertos al público debe constar expresamente el acceso al mismo un cartel anunciador con las características que recoge el apartado 3.2 del anexo de la orden número 3864 de fecha 1 de octubre de 2020 relativa a medidas sanitaria preventivas en la Ciudad de Melilla como consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica derivada de la Covid-19, donde se señale el aforo establecido en la licencia municipal de apertura concedida en su día, así como, el fijado posteriormente como consecuencia de la aplicación de las medidas preventivas sanitarias con motivo del Covid 19. El citado aforo nunca podrá superar el 30% del concedido en la licencia municipal de apertura.
También en este caso la prórroga de la orden entra en vigor esta medianoche y mantendrá su vigencia hasta el lunes 23.
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