Melilla cerrará el interior de la hostelería, de los centros deportivos y de los gimnasios de la ciudad. El director de Salud Pública, Luis Cabanillas, informó de que la medida en los establecimientos de la restauración se hará efectiva a partir del viernes y permitirán que el número de mesas establecidos según su licencia se instalen en las terrazas siempre que se cumplan con las medidas sanitarias.
Cabanillas informó de que la ciudad ha sufrido un empeoramiento de la situación sanitaria registrando una incidencia acumulada de 534 casos en los últimos 14 días y de 330 en los últimos siete por lo que estiman un alza en el número de casos.
La medida de cierre del interior de los centros deportivos y gimnasios entrará en vigor desde hoy, así como de la flexibilización de los horarios de los establecimientos comerciales, según la publicación en el BOME, mientras que en la hostelería será desde el viernes.
El director de Salud Pública justifica la medida de cierre en el interior de la hostelería porque se reúnen, por lo menos, cuatro personas en una mesa que están sin mascarilla consumiendo bebidas o comidas, mientras que en una tienda la persona están permanentemente con la mascarilla puesta y por lo general, señala, no está por más de 15 minutos.
En la restauración
El horario de estos establecimientos se mantendrá entre las 7:00 y las 19:00 horas y en el local se podrá prestar el servicio de restauración en terrazas al aire libre, suprimiendo el servicio en zonas interiores de los establecimientos.
También podrán prestar el servicio a domicilio, como lo venían haciendo, hasta las 23.00 horas. La recogida del consumidor en el local deberá realizarse como máximo a las 19:00 horas asegurando que no se produzcan aglomeraciones de personas y que se mantienen las medidas relativas a la distancia social establecida (1, 5 metros) y el uso de mascarillas.
Según el BOME el consumo deberá realizarse en mesa y el número de mesas no podrá superar el de 15. Las mesas no podrán acoger a más de cuatro comensales, excepto en casos de personas convivientes en que podrá aumentarse su número hasta la totalidad de los mismos, tal circunstancia deberá acreditarse mediante DNI, certificado de empadronamiento o libro de familia. Los propietarios del establecimiento deberán acreditarlo.
En cualquier momento los agentes de la autoridad podrán requerir de dicha documentación. Se deberá mantener las distancias de 2 metros entre el conjunto de sillas y mesas.
Horarios
En cuanto al horario de cierre de atención al público de los establecimientos que desarrollan una actividad económica o profesionales liberales cambia y se amplía hasta las 21: horas.
Establecen además como excepción los establecimientos que desarrollan funciones de guardia, en particular, farmacias y estaciones de servicios, estas últimas a partir de las 19:00 horas no podrán vender bebidas alcohólicas y a partir de las 21:00 horas sólo pondrán a disposición del comprador carburantes y asimilados.