Categorías: Política

Marín dice que la Ciudad no puede evitar el derribo de la casa en Vista Hermosa, 12

El vicepresidente sostiene que deben acatar una sentencia firme y recuerda que Emvismesa ha ofrecido a la familia una VPO. La polémica suscitada por la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que obliga a la Ciudad Autónoma de Melilla a ejecutar el derribo de una vivienda ilegal en la calle Vista Hermosa número 12, tuvo ayer su respuesta por parte del presidente accidental, Miguel Marín. En declaraciones a RNE Melilla, afirmó que el Ejecutivo local no puede remediar un derribo que viene impuesto por una sentencia judicial que es firme. El próximo lunes a las 9:00 horas está prevista la ejecución de esta sentencia, a pesar de que la familia de Hassan Amar ya ha anunciado que no abandonará la vivienda.
En este sentido, Marín recordó que la Ciudad no ha dejado desamparada a esta familia y, de hecho, Emvismesa les ha ofrecido una vivienda protegida (VPO) que han rechazado. “No se trata de un desahucio, es una demolición que viene ordenada por una sentencia judicial y en un Estado de Derecho hay que respetar y acatar lo que dice la justicia”, insistió el presidente accidental. “La Ciudad Autónoma no puede hacer más que ofrecerle a la familia una VPO”, agregó.
El número dos del Ejecutivo melillense apuntó que la sentencia considera que la construcción de esa vivienda es “ilegal” y que, de hecho, viene a raíz de la denuncia de un vecino, por lo que una vez se ha pronunciado el TSJA después de un largo proceso judicial, la Ciudad “no puede paralizar la demolición”.
Por otra parte, Marín dijo no entender la intención de los grupos de la oposición de hacer que la Ciudad “cometa desacato”, desobedeciendo una sentencia judicial. No obstante, la comisión extraordinaria de Fomento se celebrará el próximo lunes a las 9:15 horas.

El proceso judicial
En nota de prensa, el consejero de Fomento, Juventud y Deportes, explicó que este caso se remonta al 13 de abril de 1996 cuando la Policía Local informa a la Consejería de Fomento de unas obras que se están realizando en la travesía Alférez Fernández Martín. Poco más de un año después, el 23 de mayo de 1997 se registra otra denuncia de una obra ilegal en el mismo lugar. El 23 de noviembre de este mismo año se requiere al propietario Hassan Amar Mohatar para que presente las escrituras de la propiedad del terreno, pues el consejero afirma que “no consta en el expediente que el terreno sea de su propiedad”.
El 9 de febrero de 1999, dos años después, vecinos de la zona denuncian la ejecución de unas obras de cerramiento de la travesía y el 18 de mayo la Comisión de Obras Públicas y Urbanismo acuerda por unanimidad la demolición de todas las obras que se estaban realizando en la citada travesía, incluida la vivienda que corta el acceso al fondo del callejón.
Por acuerdo de la Asamblea el 25 de mayo de 1999 se aprobó, entre otras cuestiones, la demolición de la vivienda sita en la calle Vista Hermosa número 12. Por auto del 30 de julio de 1999 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Melilla se autoriza la entrada en el domicilio para la demolición de todas las obras ilegales que se están realizando en la travesía Alférez Fernández Martín.
No es hasta septiembre de 2003 cuando un vecino de la zona solicita que se ejecute completamente el acuerdo de la Asamblea de Melilla.
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) condena el 24 de julio de 2009  a la Administración demandada, es decir, a la Ciudad Autónoma,  “a la demolición de las obras a las que se refería la resolución de la Asamblea de 25 de mayo de 1999”.
El 25 de febrero de este año el TSJA solicita un inofrme sobre el cumplimiento de la setencia que ordenaba la demolición. “Por providencia de 9 de julio de 2013, la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA, nuevamente solicita, sin necesidad de recordatorio, se informe mensualmente sobre la ejecución de la sentencia” y  el pasado 5 de este mes la Ciudad recibe la diligencia de ordenación del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Melilla rechazando el aplazamiento de la demolición.

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