El director provincial del Ministerio de Educación y Formación Profesional (MEyFP), Juan Ángel Berbel, ha anunciado que este miércoles arranca el proceso ordinario de admisión de alumnos para el curso 2023-2024, cuyo plazo de presentación de solicitudes estará abierto hasta el 9 de mayo.
“Los destinatarios son los alumnos que se incorporan por primera vez al sistema educativo, es decir, nacidos en 2020; que eligen un centro de secundaria distinto al asignado en el proceso de adscripción; o que desean cambiar de centro para cursar la misma u otra enseñanza.
Para la acreditación del cumplimiento de los requisitos de escolarización se necesita DNI, pasaporte o NIE del alumno/a y de los progenitores; el libro de familia que muestre todos los miembros de la unidad familiar; y el certificado de empadronamiento colectivo familiar completo o certificado de residencia emitido por los Servicios Sociales o residencia acreditada por otros medios de prueba admitidos en Derecho.
A efectos de baremación los interesados podrán aportar la documentación justificativa de la renta, el certificado de trabajo en el centro escolar, el certificado de discapacidad, documentación acreditativa de violencia de género, por víctima de terrorismo, del traslado de la unidad familiar debido a movilidad forzosa, certificado de familia numerosa, documentación que acredite familia monoparental, certificado de situación de acogimiento familiar, certificado de parto múltiple, certificado de la condición de deportista de alto nivel.
Tal y como ha explicado Berbel, para la tramitación electrónica de las solicitudes existe una oficina de apoyo en UPE-Formación, sita en la calle Paseo de Ronda, en Barrio Victoria y para sacar la cita previa se puede hacer a través del enlace http://run.gob.es/rpwlkf o llamando al teléfono 952074019.
En aplicación del artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se consultará por medios electrónicos la información proporcionada en la solicitud sobre los apartados de renta, discapacidad física, psíquica o sensorial de alguno de los miembros de la unidad familiar, excepto si expresamente se opone a la consulta.