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Los propietarios de edificios que no pasen la ITV serán multados con hasta 3.000 euros

Está previsto en el borrador de la nueva ordenanza que la Consejería de Fomento ha entregado a los grupos de la oposición l También baraja expropiar a los dueños de inmuebles que se nieguen a rehabilitar sus propiedades.

La Consejería de Fomento prevé multas de entre 500 y 3.000 euros para los propietarios de edificios de más de cincuenta años que no pasen la inspección técnica, obligatoria en toda España desde julio del año pasado para municipios que superen los 25.000 habitantes. Así lo recoge el borrador del nuevo Reglamento de conservación, rehabilitación, inspección técnica y estado ruinoso de las edificaciones, al que ha tenido acceso El Faro.
En ese documento, que Fomento ha entregado a la oposición antes de someterlo a debate, se tipifican infracciones leves (de entre 500 y 750 euros), graves (de 1.000 a 1.500 euros) y muy graves (de 2.750 a 3.000 euros).
Para la Consejería, las infracciones leves se fijan para sancionar el incumplimiento de los plazos marcados por la Administración para la finalización de las obras ordenadas. En caso de que los trabajos en los edificios se limiten sólo a cuestiones de ornato o estéticas, la multa será de 500 euros, pero si afectan a la seguridad, salubridad o accesibilidad sube a 750.
Las sanciones graves se reservan para los propietarios de inmuebles declarados Bien de Interés Cultural (BIC), que se salten los plazos (1.000 euros) o cuando la naturaleza de las obras recomendadas a esos edificios BIC tengan relación con la seguridad en la vía pública.
Por último, la propuesta de Fomento tipifica como infracción muy grave el incumplimiento de un segundo plazo dado por la Administración para el comienzo o la finalización de las obras que pongan en peligro la seguridad de los viandantes (2.750 euros).
Asimismo la sanción máxima (3.000 euros) se propone cuando se hayan incumplido en reiteradas ocasiones los plazos dados por la Ciudad y tras haberse iniciado el procedimiento administrativo para la ejecución subsidiaria de las obras por parte de las autoridades autonómicas.
Hay que tener en cuenta que las inspecciones técnicas tendrán que encargarse a un arquitecto o a un arquitecto técnico. Estos profesionales tendrán que emitir un informe sobre el estado del edificio, señalando las deficiencias detectadas, su carácter grave o leve y las reparaciones que estimen que deben realizarse. Tras las rehabilitación se conseguirá un certificado que tendrá diez años de validez.
Las inspecciones obligatorias a los edificios de más de 50 años tendrán se centrarán en la cimentación y estructura, el estado de las fachadas, medianeras y cubiertas, las instalaciones de fontanería y saneamiento y los elementos del inmueble que afecten la seguridad, salubridad u ornato público.

Expropiaciones
El borrador de la futura normativa que regulará la inspección técnica de edificios de más de 50 años en Melilla también contempla en su artículo 25 la expropiación del inmueble en los casos en que se incumplan las órdenes de conservación, rehabilitación u ornato ya que se considerará como una vulneración de la función social de la propiedad.
Antes de expropiar se abrirá un procedimiento por la vía administrativa, que incluirá una audiencia con los propietarios afectados.
Una vez expropiado el inmueble, la Ciudad deberá garantizar el realojo de las personas que lo habitaban, según recoge el borrador del reglamento elaborado por la Consejería de Fomento.
En caso de que se apruebe la propuesta del Ejecutivo local, la Ciudad derogará la ordenanza sobre conservación, rehabilitación y estado ruinoso de los edificios, vigente desde febrero de 2004.

Costará no menos de 400 euros por inmuebles

Los expertos recomiendan desconfiar de las inspecciones técnicas de edificios que cuesten por debajo de los 400 euros. En ese presupuesto deben estar incluidas las visitas realizadas al inmueble, las actas, los antecedentes del edificio, el visado del acta de inspección (opcional) y la presentación del informe en el ayuntamiento. También aconsejan pedir al técnico que se contrate para pasar la ITV al edificio un avance de los posibles defectos que detecte a primera vista, para subsanarlos antes de que haga el informe porque luego saldrá más cara la rehabilitación. Hay que tener en cuenta, además, que la Ciudad Autónoma tiene un plan de subvenciones y ayudas para arreglar fachadas, que pueden solicitarse para que salga más económica la ITV.

Este año le toca la inspección a los edificios construidos antes de 1930

Un total de 4.468 edificios de Melilla tendrán que pasar la inspección técnica obligatoria entre este año y 2015, según recoge el borrador del reglamento propuesto por Fomento para regular la rehabilitación y conservación de inmuebles con más de 50 años.
En este ejercicio está previsto que tengan la obligación de pasar la inspección técnica los 1.305 inmuebles construidos antes de 1930. El año que viene tocará su turno a las 1.717 edificaciones hechas hasta el año 1940 y en 2015, a las que se levantaron con anterioridad a 1961.

Criterios para definir la edad
El borrador de Fomento fija la edad del edificio en la fecha de terminación total de su construcción o, en su caso, da por bueno el momento en que hayan sido rehabilitados los elementos estructurales del inmueble.
Para determinar la edad del edificio que vaya a ser inspeccionado, la Administración tendrá en cuenta los datos del catastro, aunque los propietarios podrán acreditar que la edad es otra si presentan, como alternativa, la licencia de ocupación, el certificado final de obras o una estimación técnica que así lo certifique.
El borrador de Fomento al que ha tenido acceso el Faro también aclara que el resultado de la inspección será favorable sólo cuando el edificio “reúna las condiciones de seguridad, salubridad, accesibilidad y ornato que se le exigen y éstas sean acreditadas por el informe de un técnico”.
Una vez realizadas las obras que aconsejen los arquitectos, el propietario deberá presentar un certificado de obras ejecutadas.

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