A pesar de la ruptura afectiva, muchas parejas se ven obligadas a seguir conviviendo porque separarse sale caro.
La crisis ha afectado también al número de divorcios, que ha descendido por la situación económica, de modo que cada vez son más las parejas que, una vez que han decidido terminar con su relación afectiva, continúan compartiendo la vivienda. Fue una de las primeras reflexiones del último ponente de la mañana de ayer en las XX Jornadas de Derecho Enrique Ruiz Vadillo, el catedrático de Derecho Civil, Carlos Lasarte, quien destacó el menor número de pleitos que se interponen a causa de las circunstancias económicas.
Divorciarse sale caro, pero, según Lasarte, aunque se rompa la relación afectiva, el multiplicar por dos los gastos es difícil en estos momentos, por lo que son muchas parejas las que optan por seguir conviviendo.
Casos concretos y singulares
Sin embargo, la ponencia de Lasarte se centró en un caso concreto de los divorcios que, si bien en España no son muy frecuentes, sí se han dado situaciones en las que se ha puesto en un brete a las autoridades judiciales. Se trata de aquellas parejas, en las que uno de los cónyuges se encuentra incapacitada, por ejemplo, en coma, a causa de un accidente de tráfico. En algunos casos, el cónyuge quiere divorciarse y tiene que litigar con los representantes legales de la persona incapacitada, lo que supone cierto conflicto jurídico.
En la teoría, estos casos presentan ante las autoridades judiciales el dilema de diferenciar entre los derechos personales y personalísimos. Los primeros pueden ser tutelados, pero los segundos tienen que ver con las decisiones que sólo puede tomar una persona, como casarse o hacer el testamento.
Al parecer, según explicó Lasarte, las autoridades judiciales están considerando que el divorcio es un derecho personal y no personalísimo pues, puede probarse con hechos que una relación se ha roto. En el caso que expuso el catedrático en su ponencia, en la que uno de los cónyuges está en coma. Puede considerarse como prueba de que la relación matrimonial se ha roto si el marido o la esposa no va a visitar a su pareja en coma durante cuatro meses.
El avance en el nuevo recurso de casación penal
El presidente de la Sala II del Tribunal Supremo, Juan Saavedra, fue el primer ponente de la mañana de ayer para exponer ante los asistentes las principales modificaciones que sufrirá el recurso de casación en la reforma del código procesal penal.
Esta reforma implantará el principio de universalidad de la casación penal, de tal manera que el Tribunal Supremo podrá recepcionar toda sentencia dictada en grado de apelación por los tribunales inferiores.
Además, la apelación se generaliza en todos los casos. Hasta ahora, sólo las sentencias de las Audiencias Provinciales podían llegar al TS a través de este recurso.
Saavedra considera este cambio un “avance” positivo y demandado por la Sala II del Tribunal Supremo, pero que planteará problemas de sobrecarga de trabajo.
El magistrado cree que el propio mecanismo del recurso de casación se autorregulará de tal manera que el volumen de trabajo del TS no se verá sobrecargado al tener la capacidad de admitir los recursos o no.
Por último, Saavedra dijo desconocer cuándo entrará en vigor la reforma, pues depende de la voluntad del Gobierno, del Parlamento y “de la prisa que se quieran dar”, en relación a este asunto. No obstante, cree que después del verano se iniciará el trámite parlamentario.
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