El ponente, Carlos Lasarte, destacó que “en la actualidad la tensión existente entre ambas figuras tiene una muy difícil solución”.
El catedrático de Derecho Civil de la Universidad Nacional a Distancia, Carlos Lasarte Álvarez, expuso durante su conferencia titulada ‘Legítima versus libertad de testar’, actividad enmarcada en la XVII edición de las Jornadas de Derecho ‘Enrique Ruiz-Vadillo’ que “la tensión existente en la actualidad entre las dos figuras jurídicas tiene difícil solución”.
Esta afirmación fue hecha en atención a la controversia que surge en el momento en el que los padres tienen que dejar una parte de la masa herencial a sus descendientes aún a pesar de que “algunos hijos han tratado mal a sus padres, los han llevado a la residencia, después se llevan la herencia”, comentó Lasarte.
En este sentido, el catedrático de Derecho Civil catalogó a algunos hijos como “sanguijuelas, que no se las pueden quitar los padres nunca”.
En este sentido, la única solución, a juicio de Lasarte, y en la que no interviene, de ningún modo, “la aplicación de las normas reguladoras de este hecho”, es que “los padres se gasten el dinero en vida y que los hijos lo consigan por otro lado”.
Durante su ponencia, hizo una breve exposición de la historia y aparición de la figura de la legítima y de su tratamiento en la actualidad, comenzando por el sistema ideado por los romanos.
Así, el catedrático dijo que las tensiones ya se daban desde antes de la Edad Media, y las pretensiones eran muy diversas, ya que el “Pater Familiae quería tener atada y bien atada toda la herencia, contando siempre con amplia potestad de testar”.
La figura de la adopción se incorporó al Derecho Romano precisamente para que esta libertad de testar fuese en aumento.
Justiniano, en cambio, tal y como confirmó Lasarte, instauró un sistema combinado entre la legítima y la libertad de testar, saliendo, la primera, muy reforzada de esta modificación.
La llegada de los pueblos germánicos a la Península Ibérica, cambiaría un poco el sistema existente, ya que éstos se organizaban en “familias tribales”, donde tradicionalmente el patrimonio era de todos los integrantes de la familia.
El “Haus Vater” o padre de la casa, no tenía disposición plena sobre los bienes materiales de la familia, sino que actuaba como un “buen administrador”, y, en el caso de su muerte, “aparecía otro que ocupaba su lugar”.
Las influencias de la organización y del sistema jurídico germánico existen aún hoy en día en algunos lugares, como es el caso del País Vasco, donde se sigue aplicando “la legítima de cuatro quintos”, hecho que genera tensión entre las dos líneas ya que “uno de los grandes problemas de los seres humanos es que nos gustaría gobernar hasta después de muertos”, concluyó el ponente durante su intervención de ayer.
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