Un joven fue condenado ayer a cinco meses de prisión por un delito contra la seguridad vial. El acusado, que responde a las iniciales I. E., fue sorprendido por la Policía Nacional cuando se encontraba haciendo trompos con su coche. Tras exigirle los agentes que se detuviera, el conductor hizo caso omiso a sus órdenes y se dio a la fuga, alcanzando velocidades de hasta 140 kilómetros por hora en su huida.
Pese a que la sentencia es firme, el hecho de que la condena sea inferior a los dos años de cárcel, unido a que el acusado no tiene antecedentes penales, permite que no tenga que ingresar en prisión. Así lo dispuso la juez titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Melilla tras consultarlo con el Ministerio Fiscal, que no se opuso a esta decisión.
Los hechos tuvieron lugar el 1 de junio de 2015 sobre las 23:40 horas. Después de que el acusado hubiera estado haciendo maniobras temerarias al volante, una patrulla de la Policía Nacional que lo observó le dio el alto. La reacción del conductor fue dar media vuelta y emprender la huida a gran velocidad, lo que hizo en algunos tramos en dirección contraria a la señalizada.
El atestado policial recoge que I. E. llegó a circular a 140 kilómetros por hora en su carrera escapando de las fuerzas del orden.
Carretera del aeropuerto
El conductor temerario fue interceptado “en la carretera del aeropuerto”, según explicó la juez, y fue posible alcanzarlo porque otro coche patrulla que había sido avisado por los agentes que estaban llevando a cabo la persecución “se interpuso” en su camino, lo que obligó al fugitivo a frenar al verse acorralado.
En la vista celebrada ayer, el inculpado reconoció los hechos que se le imputaban, lo que permitió que su abogado alcanzara una sentencia de conformidad con el Ministerio Fiscal. De no haber admitido su conducta y haberse celebrado el juicio con las respectivas declaraciones de testigos, la condena que se le hubiera impuesto habría sido superior a los cinco meses de cárcel que finalmente se le aplicaron.
Retirada del carné
Aunque la pena de prisión se ha suspendido, si en el plazo de dos años volviera a cometer un delito, I. E. debería cumplir la condena por esa hipotética conducta además de la que se le impuso ayer.
De lo que no se librará el sentenciado es de la retirada del permiso de conducir por un tiempo de seis meses. El hecho de que en su huida no causase ningún accidente o desperfecto ha influido en que no se le prive del carné por más tiempo.
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