Un melillense ha sido condenado a tres años y nueve meses de prisión como autor de un delito de atentado a la autoridad. Según se expone en la sentencia judicial, a la que El Faro ha tenido acceso, el individuo amenazó con un cuchillo a varios policías nacionales cuando iban a detener a su hermano. “Soltadlo u os mato”, fue lo que les dijo. Así consta en el apartado ‘hechos probados’ de la resolución, que ha sido dictada por la titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Melilla. Estos hechos tuvieron lugar el 21 de abril de 2016, sobre las 13:00 horas, en la barriada de Los Pinares. La magistrada condenó en la misma sentencia a su madre y a su hermano, con penas de dos años de prisión. También impuso condenas idénticas para otras dos personas.
Los mismos hechos fueron enjuiciados el pasado 29 de noviembre. De acuerdo con lo expuesto en el fallo judicial, los agentes de la Policía Nacional observaron aquel día a un individuo sobre el que pesaba una orden de búsqueda y captura por el juzgado central número 2 de la Audiencia Nacional. Cuando intentaron detenerlo, este opuso una fuerte resistencia, llegando a propinar patadas y empujones a los funcionarios. A la vez, comenzó a gritar para solicitar la ayuda de los vecinos y los familiares, con el fin de zafarse de los policías.
Ante estos requerimientos, los otros cuatro condenados intervinieron para ayudarlo. “Se abalanzaron sobre los agentes y, con golpes y empujones, trataron de evitar la detención”, relató la magistrada en la sentencia. En la misma, la juez explicó que el hermano esgrimió un cuchillo a los policías para que soltaran al procesado sobre el que pesaba la orden de detención. Al verse acorralados los policías, este consiguió escapar del lugar y huir de los agentes.
Agentes lesionados
Según recoge la jueza en la resolución, como consecuencia de los hechos anteriormente descritos, un total de seis agentes resultaron lesionados. Todos necesitaron una única asistencia médica: uno de ellos sufrió una herida en el dorso de una mano y cervicalgia postraumática; el segundo, dolor en el hombro, una contractura cervico dorsal y una contusión en la muñeca izquierda; el tercero, sufrió cervicalgia y contusión en el glúteo izquierdo; el cuarto, una contusión lumbar y contusiones en ambos brazos; el quinto, contusión lumbar, lesiones en el tobillo derecho y en el muslo de la misma pierna; el sexto, sufrió un esguince de codo.
Los seis policías necesitaron entre tres y cinco días no impeditivos para curarse de las lesiones.
Por ello, además de estar condenados a delitos de atentados, los cinco procesados han sido declarados culpables de seis delitos leves de lesiones, respectivamente, por los que cada uno tendrá que pagar multas que ascienden a la cantidad de 2.160 euros.
Uso abusivo de la fuerza
El juicio por estos hechos tuvo lugar el 29 de noviembre. En el mismo, los policías señalaron que no pudieron llevar a cabo la orden de detención porque se vieron acorralados y apaleados por cerca de 50 personas del barrio. Los condenados, que entonces declararon en calidad de acusados, manifestaron que ellos no agredieron a los agentes, pero sí acudieron a la llamada de socorro del procesado que estaba siendo arrestado tras presenciar un “uso abusivo de la fuerza” por parte de los agentes.
Por otro lado, varios vecinos de la barriada en la que ocurrieron los hechos declararon en calidad de testigos. Todos coincidieron al decir que no vieron al acusado portar ningún arma y muchos afirmaron que presenciaron una actuación muy violenta por parte de los agentes de la Policía Nacional.
Suspensión de la condena
En la sentencia judicial, la jueza acordó suspender el ingreso en prisión para cuatro de los cinco condenados por carecer de antecedentes penales. Entre ellos se incluye el individuo para el que dictó una pena de tres años y nueve meses de prisión por un delito de atentado agravado por el uso de arma blanca. Según especificó la magistrada, esta suspensión se prolongará durante un plazo de cuatro años, aunque se revocaría si volvieran a delinquir en los próximos ocho años. Los procesados podrán aprovecharse de este beneficio puesto que cumplían los requisitos del artículo 80 del Código Penal, como apuntó la jueza.
El único que tendrá que ingresar en prisión es el condenado sobre el que el día de los hechos pesaba una orden de detención y captura, ya que contaba con otros antecedentes penales.
Según pudo saber El Faro, esta sentencia no es firme puesto que la defensa la ha recurrido. Toca esperar a que el tribunal de la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Málaga, con sede en nuestra ciudad, resuelva el recurso de apelación presentado.
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