Editorial

La singularidad melillense necesita un buen control sobre el IMV

Si la Seguridad Social y la Policía Nacional no cruzan datos resulta muy difícil establecer una investigación a fondo

La legislación que crea y regula el Ingreso Mínimo Vital (IMV) en España nunca tuvo en cuenta la singularidad de una ciudad como Melilla, frontera con Marruecos y cuya población mantiene un estrecho lazo de unión con el otro lado de la frontera, tanto familiar como económico. Los requisitos temporales de la norma, que fijan la eliminación de la prestación en función al número de días ausentes de España, no tienen aquí la menor repercusión: son miles los residentes melillenses (sean o no españoles) que entran y salen diariamente por la frontera de Beni-Enzar, muchísimos de los cuales trabajan en la zona de Nador, bien como funcionarios en áreas como los Juzgados o el propio ayuntamiento, bien al frente de sus respectivos negocios, desde una tienda de joyería a una peluquería.

Los rendimientos de esos negocios y trabajos públicos no consta en la Hacienda española, lo cual imposibilita conocer la realidad económica de quien solicita y obtiene el IMV, que mensualmente cuesta a los contribuyentes españoles casi 3 millones de euros y del que se benefician alrededor de 15.000 personas, según datos oficiales aportados por la Delegación del Gobierno hace un par de meses. Y esa ausencia de declaración de renta cierta es posible, básicamente, porque se trata de españoles que, sin embargo, no han perdido su nacionalidad marroquí porque Rabat jamás permitirá que renuncien a ella. Es decir, una vez que pasan la frontera, son considerados súbditos de Marruecos, tanto para lo bueno como para lo malo.

En definitiva, un español que para Rabat es marroquí sale por la frontera a primera hora de la mañana y regresa al finalizar su jornada laboral al otro lado sin que se le compute ese tiempo dentro de los topes que estable la ley del IMV, que habla de un mes de ausencia interpretándolo como vacaciones y no retira la ayuda, de uno a tres meses comunicando que se está fuera y se deja de cobrar hasta el regreso, y a partir de los tres meses, que se queda sin el derecho para percibir el ingreso.

Como se trata de horas cada día o algunas jornadas seguidas hasta el fin de semana, no se computa como tiempo fuera de España y, en consecuencia, no hay problema para que puedan seguir percibiendo el IMV. Esto evidencia que la normativa nunca se paró a contemplar situaciones tan singulares como las de Ceuta y Melilla.

De ahí la urgencia y la necesidad de que se arbitren de inmediato medidas de control en la Seguridad Social que pongan negro sobre blanco quiénes están haciendo un abuso del IMV por no reunir los requisitos para cobrarlo y quiénes realmente lo necesitan.

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