La Delegación del Gobierno de Melilla ha confirmado a El Faro que la Seguridad Social tramita solicitudes de cambio de cuenta corriente para el cobro de pensiones en Marruecos.
Responde así a la inquietud de los ex trabajadores transfronterizos que, ahora siendo pensionistas, están privados de su dinero porque no pueden cruzar la frontera de Melilla. Antes por estar cerrado, ahora porque sólo se permite entrar a personas con residencia en el espacio Schengen o a entre 80 y 90 transfronterizos.
En este sentido, desde la Delegación del Gobierno de Melilla explican que "todos los interesados que solicitan un cambio de cuenta (ya sea un transfronterizo y, por tanto solicite una cuenta de Marruecos, ya sea un nacional o un residente que pida cambio de cuenta en España o a cualquier otro país) se le hace".
Asimismo, añaden que "cambiar de cuenta a petición del interesado es algo que forma parte de la gestión ordinaria y que se canaliza por vías electrónicas".
Desde la Delegación del Gobierno de Ceuta han explicado, además, que las pensiones contributivas se abonan a sus titulares a través de una cuenta corriente, salvo que se trate de beneficiarios menores de 18 años o mayores incapacitados judicialmente, en cuyo caso, la pensión se abonará a quienes los tengan a su cargo, en tanto cumplan la obligación de mantenerlos y educarlos, o a quien tenga atribuida la guarda o tutela.
Descargue aquí el documento de cambio de cuenta para el cobro de la pensión
“Nuestro sistema de Seguridad Social permite que percibamos las mensualidades de una pensión contributiva fuera de España si el beneficiario reside o se va a vivir de forma indefinida a otro estado”, explica una nota hecha pública ayer por la Delegación del Gobierno de Ceuta.
Desde el inicio de la pandemia hasta la fecha, la Seguridad Social está tramitando telemáticamente, sin necesidad de desplazamiento, múltiples solicitudes de cambio de cuenta corriente para el cobro de pensiones en Marruecos.
En cuanto a la elección inicial, se indica que la elección de la entidad se formula, simultánea y conjuntamente, con la solicitud de la pensión.
Sobre los cambios, se concreta que el cambio de cuenta bancaria puede realizarse por el pensionista, o comunicarse por la entidad financiera, en su nombre, en cualquier momento y será efectivo a partir del primer día hábil del segundo mes siguiente a aquél en que se hubiera formulado la solicitud de cambio.
La solicitud de cambio puede realizarse mediante modelo disponible en la web de Seguridad Social.
La página web de la Seguridad Social le ofrece información sobre las prestaciones económicas y sociales a las que usted o sus familiares pueden tener derecho, como pensiones de jubilación, viudedad, orfandad y otros derechos.
Puede conocer las modalidades y características de estas prestaciones, los requisitos de acceso, importe y duración de las mismas, dónde y cómo solicitarlas, revalorización, derechos, obligaciones, y todo aquello que pueda ser de su interés en su condición de pensionista. También puede obtener formularios y modelos para presentar en una Oficina de la Seguridad Social.
Puede acceder a la Sede Electrónica de la Seguridad Social, donde tiene a su disposición una serie de servicios y podrá gestionar solicitudes, escritos y comunicaciones sin necesidad de desplazarse.
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