El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Melilla ha anulado la reserva de plazas para tropa y marinería en las oposiciones para bomberos en la Ciudad Autónoma, según ha anunciado el sindicato CSIF. Éste ha expresado su "satisfacción" por ese fallo judicial, que entiende que hacer el citado cupo supone una “extralimitación e interpretación, unilateral del Convenio entre el Ministerio de Defensa y la Ciudad Autónoma de Melilla”.
Según CSIF, esta sentencia puede ser aplicable a todas las convocatorias que se realicen en la Ciudad, a excepción de las plazas de Policía Local, que sí estaban contempladas en la propia ley 8/2006 de Tropa y Marinería.
La organización sindical entiende que con ese fallo judicial "se defiende el derecho constitucional del acceso al empleo público mediante los principios de igualdad, mérito y capacidad, dado que la aplicación del convenio obligaba a la Ciudad a reservar el 15% de todas las convocatorias de empleo público, tanto laborales como funcionarios, así como valorar como mérito el tiempo prestado como militar".
El tribunal, siempre según el sindicato, "viene a dar la razón a las denuncias públicas" realizadas por CSIF ante el anterior Gobierno, que de "forma temeraria siguió adelante con la aplicación de las reservas de plazas, pese a los informes técnicos existentes, los recursos de alzadas interpuestos, las diferentes sentencias de los Tribunales Superiores de Justicia, etc".
CSIF recuerda en ese sentido que el personal de tropa y marinería ya dispone una situación privilegiada y reservas en el acceso a otras plazas como las siguientes: permanencia, plazas de suboficiales y oficiales, funcionarios del Ministerio de Defensa, red hospitalaria de Defensa, cabos y guardias civiles, policías nacionales, policías locales y agentes del Servicio de Aduanas, entre otros.
"Este fallo no deja a estas personas en situación de vulnerabilidad, dado que cuando finalizan su compromiso como militares, disponen de un salario mensual, compatible con cualquier empleo privado", señala.
Por último, CSIF se pone a disposición de todos los aspirantes a las distintas convocatorias de empleo público de la Ciudad, en las que exista reserva de plazas en virtud del convenio antes citado, a realizar los recursos de alzada preceptivos para anular dichas reservas.
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Hay que diferenciar:
Por un lado está el soldado acomodado en su destino, con un elevado número de bajas confirmadas que ni tan siquiera tiene el carnet de conducir para no ir de maniobras y a lo que aspira es a una pensión a los 45 años...
Por otro está el soldado profesional destinado en unidades especiales (ej: UME) que está muy preparado.
En el primer supuesto (cada vez menos en las FFAA) este fallo judicial les dará igual.. pero en el segundo se trata de personal muy preparado y no se merecen acabar en el paro con esa trayectoria profesional
Pérdida en ambos casos