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La Junta Electoral Central decide que todos los electores por correo se identifiquen con el DNI

La Junta Electoral Central (JEC) ha aprobado una instrucción que exige que todos los electores que voten por correo se identifiquen con el DNI o con un documento análogo en el momento de enviar la papeleta y depositar el voto.

Tras la polémica suscitada con el presunto fraude de votos por correo en Melilla, la JEC ha aprobado esta resolución de cara a las próximas elecciones del 23 de julio y ha señalado que si no se pudiera acudir personalmente a entregar la documentación, se deberá otorgar una autorización para que la entregue otra persona, que deberá estar firmada por el elector y acompañarse de fotocopia de su DNI o documento análogo.

La decisión de la JEC se produce después de que pasado 18 de mayo realizara una directriz en tal sentido mediante la que, además, vino a respaldar la postura de la Junta Electoral de Zona en Melilla. Ésta optó por adoptar ese sistema después del incremento masivo del voto por correo en Melilla y a petición de los representantes tanto del PP como de Vox, que expresaban su preocupación por el posible impacto electoral que tendría una supuesta trama de compra de votos que ya estaba investigando la policía en la ciudad a instancias del Juzgado de Instrucción número 2.

A raíz de aquellos escritos pidiendo la identificación presencial del elector que emitiera su voto por correo, la JEZ acordó la exigencia del DNI con la oposición de CpM, que se posicionó en contra de esa medida. Un día después, la Junta Electoral Central avalaba la decisión y también la hacía extensible a todas las oficinas postales que la empresa pública tiene en toda España, al objeto de impedir cualquier intento de manipulación del voto de los melillenses.

Días después se conocieron otros casos de presuntas compras de voto por correo en otros lugares peninsulares que, en esta ocasión, apuntaban al PSOE.

Vacaciones contratadas

Por otro lado, la JEC también ha acordado eximir de las mesas electorales a los electores que hayan contratado sus vacaciones antes del 30 de mayo, fecha en la que se convocaron oficialmente las elecciones generales del 23 de julio, y siempre que la cancelación suponga un perjuicio económico o un trastorno grave.

Ante la coincidencia del adelanto electoral con el periodo vacacional de muchos ciudadanos, la JEC también ha decidido aprobar una instrucción de oficio que considere como excusa válida para no formar parte de las mesas electorales el haber contratado antes de la fecha de la convocatoria de las elecciones una estancia vacacional, o bien si la jornada coincide con ese desplazamiento.

Si la cancelación ocasiona un perjuicio económico o un trastorno grave al solicitante "puede ser considerado como excusa" por las Juntas Electorales de Zona (JEZ) "siempre que se asegure la integración plena de las mesas".

El ciudadano deberá acreditar con documentación la contratación de sus vacaciones antes del 30 de mayo así como el perjuicio económico o trastornos que le ocasiona el haber sido llamado a la mesa.

El sorteo a celebrar por los ayuntamientos para la formación de las mesas será entre el 24 y el 28 de junio y la notificación se realizará en un plazo de tres días a partir de ese sorteo.

Los electores tendrán siete días para llevar a cabo sus alegaciones, que serán resueltas cinco días después de su presentación.

Las dos nuevas resoluciones de la JEC van más allá de lo que marca la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) y la decisión de admitir nuevas alegaciones para no acudir a una mesa electoral con motivo de las vacaciones ha llegado después de que la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) pidiera el pasado 30 de mayo flexibilizar los criterios porque "las vacaciones son un evento familiar de especial relevancia y que resulta inaplazable".

"En caso contrario puede provocar un perjuicio económico importante", argumentaba la OCU, que reclamaba a las Juntas Electorales de Zona que actuasen de esta forma para evitar una avalancha de reclamaciones por cancelación de viajes.

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