Los abogados alegaron daños materiales y morales, que los magistrados no admitieron. El paciente, a través de su abogado, Antonio Vera López, solicitó una indemnización de 600.000 euros por los “daños materiales y morales que la negligencia médica ha ocasionado”. Sin embargo, la reparación quedó reducida a sólo 18.000 euros por el “olvido de la gasa y la necesidad de someterse a una nueva operación quirúrgica para su extracción, así como el daño moral que ello conlleva”.
Los magistrados no consideran probado que la compresa olvidada haya sido la causa del continuo entrar y salir del quirófano que el enfermo viene sufriendo desde aquella operación de 1973. Explican en su sentencia que “en este caso, sucede que no contamos con una prueba que permita afirmar con certeza que la dolencias que ha venido sufriendo el demandante tenga su etiología (causa) en la presencia de un cuerpo extraño, o si por el contrario, estos padecimientos obedecen a otro tipo de causas”.
Los magistrados de la Audiencia Nacional recuerdan en su setencia que aunque la jurisprudencia señala que “la Administración sanitaria no está obligada a obtener un resultado favorable total,… lo que no admite justificación es que se produzcan olvidos dentro del cuerpor del paciente”. Y este hecho, señalan lo jueces, no se puede equiparar a “enfermedades o infecciones imprevisibles que fueran consecuencia ordinaria de las operaciones practicadas”.
Sin embargo, en este caso, limitan el daño de ese olvido a la necesidad del paciente “de someterse a una nueva intevención para la retirara de la gasa gástrica, con el consiguiente daño que deriva del nuevo traumatismo, la preocupación por la eventual existencia de un cáncer de estómago, y las molestias que ello comporta”. No creen los magistrados que la doctora Salas se manifestó “con la rotundidad y contundencia que es precisa” para vincular ese olvido con las sucesivas operaciones a las que fue sometido el paciente.
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