La Hípica, el Hipódromo y Los Cárabos ya no pertenecen a las aguas de Autoridad Portuaria

Las playas de la Hípica, del Hipódromo y de los Cárabos dejan desde hoy de estar incluidas en las aguas del puerto de Melilla.  El Boletín Oficial del Estado publicó ayer una orden del Ministerio de fomento, de 9 de marzo, por la que estas tres zonas de baño han quedado desafectadas del dominio público portuario estatal, por resultar “innecesarias” para los fines de la Autoridad Portuaria.

Se trata de una medida acordada en el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria el 27 de enero de 2015, que contaba igualmente con el informe favorable de la Dirección General de la Vivienda y Urbanismo de la Ciudad Autónoma de Melila, del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, del Ministerio del Interior y del Ministerio de Defensa.
También Puertos del Estado ha informado favorablemente la Modificación Sustancial de la Delimitación de Espacios y Usos Portuarios, al haberse cumplido los requisitos 69 y 70 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.Zona I y Zona II
Esta delimitación se produce porque el espacio de agua debe subdividirse en dos zonas: Zona I, o interior de las aguas portuarias, que abarcará los espacios de agua abrigados, ya sea de forma natural o por el efecto de diques de abrigo, y Zona II o exterior de las aguas portuarias, que comprenderá el resto de las aguas.
Tal y como señala el BOE, el puerto de Melilla, no tiene delimitada una Zona II, lo cual debe tramitarse por medio de una modificación de la delimitación recogida en el Plan de Utilización de Espacios y Usos Portuarios actualmente vigente.  Tras la publicación en el BOE, se incorpora a la zona de servicio del puerto de Melilla una nueva Zona II de aguas.
Las playas de la Hípica, del Hipódromo y de los Cárabos, desafectadas y excluidas de la Zona I, conservan las características naturales de bienes de dominio público marítimo terrestre, por lo que se incorporarán automáticamente al uso regulado por la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas.
Todos estos cambios responden a la aprobación por parte de la Autoridad Portuaria el 20 de diciembre de 2010 del inicio de la tramitación de la Modificación de la Delimitación de Espacios y Usos Portuarios del Puerto de Melilla, con el fin de incorproar a la zona de servicio portuaria los espacios de agua necesarios para configurar la Zona II de aguas del puerto.Nuevas denominaciones
El BOE recoge también la adaptación de las denominaciones del antiguo Plan de Utilización a la legislación vigente. De este modo, entre otras cuestiones, se sustituye Plan de Utilizaciónde Espacios Portuaris, por Delimitación de Espacios y Usos Portuarios.

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