La Fiscalía rechaza la nulidad de las intervenciones telefónicas del ‘Voto por correo’

  • Ayer se desarrolló la última sesión de las cuestiones previas al juicio. Se acusa a 30 militantes de CpM y PSOE de la supuesta compra de votos en las elecciones generales de 2008

Ayer se celebró en la sección que la Audiencia Provincial de Málaga tiene en los Juzgados de Melilla la última sesión de las cuestiones previas al juicio del caso ‘Voto por correo’, una presunta trama de compra de votos en las elecciones generales de 2008 en la que se implica a 30 militantes de PSOE y Coalición por Melilla (CpM). Las cuestiones previas son una fase en la que los abogados de la defensa solicitan que se elimine del proceso lo que consideran que ha producido la vulneración de algún derecho fundamental. Sin embargo, el ministerio público rechazó ayer la nulidad de las intervenciones telefónicas y el resto de cuestiones planteadas por los abogados de la defensa.

En la pasada sesión el letrado de Mustafa Aberchán, presidente de CpM, solicitó la nulidad de las intervenciones telefónicas practicadas en la fase de instrucción. Sin embargo, la fiscal argumentó ayer que se trata de un medio “útil y proporcionado” para la investigación del delito cometido. “Es un delito grave de gran trascendencia social. Se trató de una trama perfectamente organizada para la compra de la democracia”, dijo. Además, insistió en que primero se tomaron “muchas” declaraciones y que fue después cuando tuvieron lugar las intervenciones telefónicas. “Todo bajo un estricto control judicial”, destacó.

Hay que recordar también que en la primera sesión de las cuestiones previas al juicio, el abogado de Aberchán criticó que Nordin Abdellah (uno de los investigados) declarase cinco veces como testigo y que si lo hubiera hecho en calidad de investigado probablemente “habría pensado en las consecuencias” de su testimonio. En este punto, el ministerio público señaló que fue “la ausencia de veracidad” en sus testimonios la que dio lugar a que se le tomaran nuevas declaraciones. Además, la fiscal apuntó que las defensas no pueden alegar esa vulneración, porque no afecta a otros acusados. “Es a él a quien le corresponde alegar indefensión y no al resto de inculpados”, explicó. “Nordin Abdellah no ha manifestado que se le haya causado indefensión”, añadió.

Dionisio Muñoz (i.) con una camiseta con un mensaje llamativo

Por tanto, la fiscal señaló que no se puede aplicar la doctrina del fruto del árbol envenenado sobre ese testimonio.

Por otra parte, el letrado de Dionisio Muñoz, quien cuando ocurrieron los hechos era secretario general del PSOE de Melilla,  reclamó en la vista, que se celebró el pasado 2 de junio, la nulidad del auto del 16 de septiembre de 2009. El representante de Muñoz justificó esta petición en que en principio fue Javier Lence, que en 2008 era gerente del PP, quien presentó una denuncia.

Según este abogado, después lo hizo “como representante de la candidatura del PP”. A su juicio, actuó como persona jurídica y, por ello, consideró que la reapertura del proceso se hizo indebidamente.

Sin embargo, la Fiscalía expresó que la denuncia “inicial” es “válida”. “Todo ciudadano tiene la obligación de denunciar y evitar la comisión de un delito”, aseveró.

El ministerio público tampoco cree que su escrito de acusación provoque indefensión, pues en él se detallan las conductas imputables a cada acusado. “No es ni abstracto, ni genérico. Tiene más de 100 folios y recoge las conductas de los acusados”, manifestó.

Acusación particular

La acusación particular se adhirió a lo expuesto por el Ministerio Fiscal. No obstante, la letrada del PP puntualizó que la formación está personada en el caso como acusación particular y no como popular, tal y como ha manifestado la defensa. Además, hizo hincapié en la “legitimidad” de Javier Lence para poder poner una denuncia.  “Era el representante de la candidatura del PP en 2008 y esta formación era la principal perjudicada”, señaló. Finalmente, la letrada apuntó que si bien hubo un error en la denuncia inicial, se subsanó cuando se percataron del mismo.

Cambios

La representante del ministerio público subrayó que el escrito de calificación es “provisional”, por lo que no habrá inconveniente en “retirar acusaciones” o “modificar la petición de penas” en las conclusiones definitivas.

El próximo 9 de octubre se reanudará el juicio del caso ‘Voto por correo’.

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