El director general de Seguridad Ciudadana, Antonio Sierras, participa durante estos días en un curso de gestión de catástrofes de la Unidad Militar de Emergencias (UME), de cara al objetivo final de organizar el servicio de Protección Civil.
La fase presencial ha estado precedida de un periodo online de cuatro meses de duración y en el curso participan 52 alumnos procedentes de las Fuerzas Armadas y organismos y entidades relacionadas con la protección civil y emergencias a nivel central y autonómico.
La participación del director general de Seguridad Ciudadana, Antonio Sierras, se enmarca en la acción decidida del Gobierno de Melilla de impulsar acciones relativas a la gestión del servicio de Protección Civil que se está materializando con la preparación de iniciativas reglamentarias sobre coordinación, el funcionamiento de la agrupación de voluntarios o el registro de planes de autoprotección.
En este contexto, se enmarca la progresiva renovación del parque de vehículos del servicio de Bomberos, la adquisición de una embarcación de Protección Civil, la revisión del Platerme y el posterior inicio de los estudios para el diseño de planes para riesgos específicos como son el de inundaciones o el sísmico.
Simultáneamente se colaborará con los centros educativos en la difusión de la cultura de la autoprotección.
Este jueves, el curso ha estado dedicado al liderazgo y a la asistencia psicológica y el viernes se analizará la comunicación en emergencias.
La pandemia de covid-10 nos recordó la importancia de la preparación y respuesta ante riesgos catastróficos.
La gestión de emergencias en España corresponde al Sistema Nacional de Protección Civil. Este sistema integra las actividades de las administraciones públicas que responden ante los distintos tipos de emergencias y catástrofes originadas por causas naturales o derivadas de la acción humana, sea ésta accidental o intencionada.
El Sistema Nacional de Protección Civil ha sido diseñado para responder a emergencias de manera inmediata y flexible. La respuesta se lleva a cabo mediante la coordinación de grupos de emergencia: en el caso de una emergencia, la organización de protección civil correspondiente se encarga de reunir a un equipo de expertos de organizaciones relevantes, tanto públicas como privadas (p. ej. bomberos durante un incendio forestal, profesionales entrenados en el manejo de sustancias químicas durante un accidente industrial o profesionales de la salud y representantes de funerarias durante una pandemia). Durante el transcurso de la emergencia, el equipo se reúne periódicamente para compartir información y discutir posibles respuestas. Las acciones del Estado quedan descritas en el Plan General de Emergencias del Estado (PLEGEM) y las Comunidades Autónomas (CCAA) y Entidades Locales (EELL) obligadas cuentan con sus propios planes territoriales.
El sistema está dividido en una jerarquía de tres niveles: 1) un actor a nivel estatal (DGPCyE), con capacidad de movilizar medios estatales, como la UME, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, o técnicos y especialistas de distintos organismos como el IGN, el IGME, AEMET, etc.; 2) una organización coordinadora a nivel autonómico; 3) cada municipio con una población superior a 20.000 habitantes está obligado a tener su propio equipo de protección civil y planes de emergencia.
A través de las correspondientes Directrices básicas de la DGPCyE se define la estructura y contenidos mínimos de todos los planes: estatales, autonómicos y locales.
Existen planes especiales para riesgos específicos, según lo establecido en la Normativa Española. Los riesgos para los que el sistema de protección civil está obligado a preparar estos planes están estipulados por ley. El razonamiento tras la selección del conjunto de riesgos estipulados por ley no nos ha quedado claro. Incluye riesgos de alta frecuencia histórica (p. ej. incendios forestales e inundaciones), riesgos con un precedente histórico en la gestión de riesgos (p. ej. riesgo en centrales nucleares o accidentes de aviación) y riesgos ante los que el territorio está expuesto o es vulnerable pero cuyo precedente histórico más reciente se remonta siglos en el pasado (p. ej. maremotos). Modificar este conjunto de riesgos requeriría un cambio en la normativa legal.
Aparte de esta obligación legal de prepararse para el conjunto de riesgos específicos, las organizaciones autonómicas y municipales pueden crear planes locales para otros riesgos. Por ejemplo, el plan contra contaminación del litoral de Andalucía.
La norma básica de autoprotección refleja la importancia de la responsabilidad colectiva en la Protección Civil. Todos los centros, establecimientos y dependencias que por sus actividades o tamaño se considere que puedan dar origen a situaciones de emergencia tienen obligación de crear un plan de autoprotección detallando los posibles riesgos en los que incurren y sus planes para lidiar con ellos (principalmente riesgo de incendio y planes de evacuación). Los ciudadanos también tienen la responsabilidad de cuidar de sí mismos y de sus bienes.
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