La Consejería de Medio Ambiente, a través del último número del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME), publicó el nuevo procedimiento aplicable en el traslado de residuos dentro de la localidad, cuyo principal punto es la obligación de identificar los desechos, sean o no peligrosos.
Según informó el Gobierno local, la ficha de identificación sustituye al denominado ‘documento de control y seguimiento’ (DCS) del Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986, Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos.
De igual modo, Medio Ambiente reflejó en el BOME que los gestores de dichos residuos deberán realizar un contrato de tratamiento previo con el operador del traslado. Los transportistas, asimismo, tendrán que llevar junto a la mercancía el documento de identificación entregado por el citado operador del traslado.
Esta figura, conviene indicar, es sólo una de las siete que la Ciudad refleja en el documento. A ella, se suman ‘destinatario del traslado’, ‘productor de residuos’, ‘poseedor de residuos’, ‘negociante’, ‘agente’ y ‘gestor de residuos’.
Medio Ambiente especificó por último que la notificación del traslado será obligatoria en caso de residuos ‘peligrosos’ o ‘destinados a eliminación’.
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