Categorías: Tribunales y Justicia

La cabeza fría de la JEZ frente a la crispación en los comicios locales

La Junta Electoral de Zona de Melilla se reúne a diario, una frecuencia inusitada frente a otras elecciones, pero habitual en la ‘pugna’ por la Presidencia de la Ciudad.

La tensión de las elecciones locales en Melilla no solamente la viven los partidos políticos y los ciudadanos. En la Junta Electoral de Zona (JEZ) tiene su repercusión el ambiente de crispación, que reconocen que se produce en este tipo de comicios frente a otras convocatorias, como las Elecciones Generales o las Europeas del pasado año. Las reuniones son diarias, no solamente durante la campaña electoral sino también en precampaña. Desde que se inicia la cuenta atrás de las elecciones, la lluvia de denuncias y reclamaciones de los partidos políticos, fundamentalmente, mantienen atareados a los miembros de la JEZ, que no están exentos de ser el blanco de las críticas en el cruce de declaraciones entre los candidatos a la Presidencia de la Ciudad. Es por ello que, además, tienen que hacer un esfuerzo para mantener la cabeza fría y realizar su trabajo con objetividad, alejados del ambiente político “crispado” de estos días.
Esa cabeza fría permite equilibrar la balanza a la hora de resolver las denuncias entre formaciones políticas, bien por actos que se consideran electoralistas e infringen la normativa electoral, bien por la colocación errónea de la cartelería en los espacios públicos o el incumplimiento del tiempo destinado a cada partido en los medios de comunicación públicos. En el seno de la JEZ, especialmente en precampaña, han resuelto decenas de denuncias por supuestos incumplimientos de la Ley Electoral (Loreg) en relación a la prohibición de inauguraciones o firmas de convenios. La JEZ debe determinar si este tipo de denuncias están bien documentadas, analizar si de verdad ha tenido un cariz electoralista y resolver en consecuencia si corresponde el archivo de la denuncia o aplicar la sanción correspondiente.
En este aspecto, desde la JEZ consideran que ha habido más denuncias archivadas que sanciones impuestas.

Ser estudiante no es excusa
Desde que arrancó la campaña electoral el pasado 8 de mayo, la actividad en la JEZ en relación a denuncias entre partidos políticos locales ha bajado notablemente. Ahora la principal ocupación de los miembros de la Junta es el análisis de las excusas que presentan los ciudadanos seleccionados para formar parte de las mesas electorales el 24 de mayo.
Desde la JEZ de Melilla explicaron a este diario que no se ha registrado, hasta el momento, ninguna excusa llamativa o que se salga de lo normal. En una ciudad como Melilla, es frecuente que la mayor parte de los ciudadanos seleccionados para formar parte de una mesa electoral sean funcionarios de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado o miembros de las Fuerzas Armadas. En ambos casos, se admite la alegación, pues así está previsto en la Loreg.
Sin embargo, en esta convocatoria electoral, la JEZ ha decidido que los estudiantes melillenses que cursan sus estudios universitarios fuera de Melilla, sea en Málaga o Granada, no pueden alegar esta situación para evitar estar el próximo domingo en la mesa electoral que le ha tocado. Ni siquiera por que coincida con la época de exámenes.
La JEZ ha sido más estricta en esta ocasión y entiende que los estudiantes, al estar empadronados en Melilla, deben asumir tanto las ventajas de esta situación como las desventajas. “Entendemos que, si bien este tipo de excusa no está contemplada en la ley, el estudiante debe soportar las ventajas y los inconvenientes y si no, pues que se empadrone en la ciudad donde reside habitualmente.
Si bien en este aspecto, la JEZ está siendo más “legalista” y “escrupulosa”, sus decisiones son más flexibles, necesariamente, en otros casos habituales. Se trata de las personas designadas para una mesa electoral que alegan no saber leer y escribir. En estos casos, la JEZ puede verse en una encrucijada para comprobar que efectivamente la persona es analfabeta.
La JEZ también es comprensiva con aquellos ciudadanos que el día de las elecciones tengan algún evento familiar, como las comuniones que se celebran en los meses de mayo y junio, por lo que se acepta con carácter general la excusa.
No ocurre lo mismo en el caso de ciudadanos que aleguen estar de baja médica, algún tipo de invalidez o mujeres embarazadas. Aquí es la Junta Electoral Central (JEC) la que ha marcado la pauta sobre los límites que permiten a cada persona excusarse de estar presente en la mesa electoral en estos tres casos.

El trámite legal del voto por correo “se cumple”

El voto por correo es, en cada convocatoria electoral, motivo de controversia política. Por lo que respecta a la Junta Electoral de Zona (JEZ) en Melilla poco más se puede hacer que todas las solicitudes cumplan los requisitos descritos en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg).
En el seno de la JEZ de Melilla aseguran que los trámites se cumplen, pero fuera de este ámbito poco o nada pueden actuar ante el notable número de solicitantes de esta modalidad de voto que se registra en la ciudad, concretamente, en unos comicios locales.
Así las cosas, en la JEZ explican que su función se ciñe a velar por que el voto por correo se desarrolle conforme a las prescripciones de la Loreg y, en este punto, “se cumplen”.
En el caso de que fuera necesario o pertinente adoptar alguna medida adicional para garantizar la transparencia y objetividad del voto por correo, ésa es una competencia que queda fuera del alcance de la ley como, por ejemplo, exigir que se justifique el motivo que el día de la votación impide hacerlo a pie de urna. “La ley no lo exige”, recalcan desde la JEZ.
No obstante, hay opiniones de todo tipo en este aspecto. Algunas de esas opiniones apuntan a que se exija en todo el proceso del voto por correo la correcta identificación del solicitante, desde que rellena la solicitud hasta que hace entrega efectiva de su voto.
En ambos casos, no es una decisión que dependa y competa a la JEZ ni por parte de otra instancia judicial y sí pertenezca al ámbito del poder legislativo que prevea alguna medida adicional o extraordinaria en el caso de Melilla. Este punto, insisten en la Junta, está fuera de su alcance.

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