Categorías: Sociedad

La ayuda humanitaria ante ‘indisposiciones’ etílicas

El ‘botellón’ o el ‘botijo’ queda prohibido, salvo en Feria. Freno a la venta ambulante y a los gorrillas en el párking.

El borrador del Reglamento para la Convivencia Ciudadana también prohíbe otras costumbres melillenses como el ‘botellón’ o el ‘botijo’, salvo durante la celebración de la Feria de Melilla y siempre dentro del recinto ferial o en los lugares autorizados por la Ciudad Autónoma. Esta práctica tan frecuente entre los jóvenes queda recogida en el capítulo dedicado a las actividades de ocio en los espacios públicos, si bien no solamente los jóvenes beben en la calle. En el artículo 26 se determina que los agentes de la autoridad se incautarán de las bebidas. Además “para garantizar la salud de las personas afectadas, así como para evitar molestias graves a los ciudadanos, los agentes de la autoridad podrán facilitar a las personas en estado de embriaguez el acceso a los servicios de salud o de atención social correspondientes”.  
El consumo de alcohol en la calle se circunscribe únicamente a zonas autorizadas por la Ciudad, durante fiestas patronales o populares y en terrazas y veladores. Los bares no podrán vender bebidas alcohólicas para su consumo fuera del establecimiento ni se podrá dejar tirado en la vía pública los restos de los ‘botijos’.
Además, el reglamento establece que no se podrá hacer ‘botellón’, es decir, consumir bebidas alcohólicas en la calle, en zonas de “especial protección’ como “las próximas a centros sanitarios, colegios, parques infantiles, residencias de mayores, zonas residenciales y otros de análogas características”.
Este tipo de circunstancias agravarán la sanción aplicable para los que estén haciendo ‘botijo’ en la calle. La multa más leve es de 750 euros y la más grave 1.500 euros. Pero si en un año se acumulan dos sanciones graves, la multa ascenderá a 3.000 euros.
El artículo 27 prohíbe expresamente las actividades de prestación de servicios que no cuentan con autorización municipal, como por ejemplo, la venta ambulante de cacahuetes y almendras o cualquier otro tipo de productos “de manera insistente o intimidatoria”. En este grupo de actividades se incluyen los tarotistas y videntes callejeros o aquellas personas que se ofrezcan a dar masajes o hacer tatuajes en la vía pública.

Los ‘gorrillas’ se van al paro
Igualmente, quedarán prohibidas las labores de “ordenación y vigilancia” en los aparcamientos. Otra de las prácticas que frecuentemente realizan inmigrantes subsaharianos y marroquíes en diversas zonas de la ciudad. Así pues, no podrán actuar de aparcacoches ni de lavacoches para ganarse unos ‘eurillos’. Por último, también se recoge expresamente “la exposición para venta de vehículos en la vía pública”, aunque esta práctica se realiza bajo ‘camuflaje’ colocando carteles en el coche únicamente con el número de teléfono.

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