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La Asociación Pro Derechos Humanos de Melilla denuncia ante la Fiscalía las pintadas homófobas en la sede de Amlega

La entidad considera que este suceso deber ser juzgado como un delito de odio

La Asociación Pro Derechos Humanos de Melilla ha interpuesto una denuncia ante la Fiscalía por las pintadas homofobas que aparecieron en la sede de Amlega, el pasado 22 de diciembre, ya que considera que pueden ser constitutivas de un delito de odio.

Según el texto de la denuncia al que ha tenido acceso El Faro, la asociación, representada por el abogado José Alonso, interpone la denuncia amparado en el artículo 259 de Código Penal, que alude a la obligación de denunciar delitos presenciados por cualquier ciudadano.

En este sentido, la asociación asegura que públicamente defiende los derechos de las personas LGTBI y que, al tener conocimientos de las pintadas a través de los medios de comunicación, ha decido dar parte a la Fiscalía.

En esa misma línea recuerda que el artículo 510 establece que serán castigados con una pena de prisión de uno a cuatro años y multa de seis a doce meses quienes públicamente fomenten o promuevan directa o indirectamente al odio; quienes distribuyan o difundan escritos o cualquier otra clase de material que por su contenido sean idóneos para incitar directa o indirectamente al odio; y quienes públicamente nieguen los delitos de genocidio contra los personas pertenecientes a un grupo en concreto, según su ideología, religión, raza, identidad sexual, entre otros.

Además, también serán castigados con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de seis a doce meses aquéllos que lesionen la dignidad de las personas mediante acciones que entrañen humillación, menosprecio o descrédito y a quienes justifiquen por cualquier medio de expresión pública o de difusión los delitos que hubieran sido cometidos contra un grupo de personas.

Asimismo, estas condenas se impondrán en su mitad superior si los hechos se hubieran llevado a cabo a través de un medio de comunicación social, por medio de internet o mediante el uso de tecnologías de la información, ya que dichos delitos se harían accesible a un elevado número de personas.

De la misma forma, también se acometerá esta decisión cuando, a la vista de sus circunstancias, resulten idóneos para alterar la paz pública o crear un grave sentimiento de inseguridad o temor entre los integrantes del grupo.

Igualmente, en todos los casos, se impondrá además la pena de inhabilitación especial para profesión u oficio educativos, en el ámbito docente, deportivo y de tiempo libre, por un tiempo superior entre tres y diez años al de la duración de la pena de privación de libertad impuesta en su caso en la sentencia.

Por último, el juez o tribunal acordará la destrucción o la inutilización de los libros, archivos, documentos, artículos y cualquier clase de soporte objeto del delito a que se ha comentado anteriormente o por medio de los cuales se hubiera cometido.

 

 

 

 

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